Menú
Suscripción

Transportes actualiza los requisitos del documento electrónico de control

  • Última actualización
    12 junio 2026 09:30

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferroviario en la que se establecen, detallan y actualizan las características que deben reunir los documentos de control administrativo que se van a exigir en el transporte de mercancías por carretera a partir del próximo de 3 de octubre.

MADRID. En su resolución, la Dirección General atiende al requerimiento de que a partir del próximo 3 de octubre el documento de control en el transporte por carretera deba ser digital.

Las características concretas del mismo son las que recoge la nueva regulación con los requisitos para que el documento de control electrónico reúna las características que garanticen la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de su contenido, así como determinar el modo en que deben poder obtenerse las copias de dicha documentación de control por el personal de los Servicios de Inspección y de los agentes de las fuerzas de vigilancia del transporte.

En la resolución se regula el formato de los documentos, las características de la URL donde deben quedar alojados, las características de las firmas o cómo modificar los datos incluidos.

También se regula la agrupación de varios servicios en el documento electrónico o cómo debe ser la copia que porte el conductor.

Esta resolución, con fecha de 5 de junio de 2026, sustituye a la resolución de 22 de mayo de 2023, que queda sin efecto.

Lea la resolución AQUÍ