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Estiba: Tres años después y aún “liberalizando”

El pasado 14 de mayo, en pleno estado de alarma, finalizó el periodo transitorio de tres años que en su día se fijó como hoja de ruta para la plena liberalización de la estiba portuaria en España. No obstante, transcurrido dicho periodo, el sector aún se sigue “liberalizando”, debido a todas las incertidumbres e inseguridades jurídicas surgidas en estos años, sin obviar que nunca se han llevado a efecto algunas de las prerrogativas que se fijaron para dicho periodo.

  • Última actualización
    09 julio 2020 00:57

El real decreto ley 8/2017 fue el que dio el pistoletazo de salida a la liberalización de la estiba en España y establecía un periodo transitorio de adaptación de tres años al nuevo marco legal, destacando tres medidas muy concretas en este apartado.

SAGEP

La primera, de carácter general, establecía que hasta el 14 de mayo de 2020 y por tanto durante 3 años las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP) subsistirían salvo que se extinguieran con anterioridad, momento a partir del cual permanecerían en régimen de libre concurrencia, en su caso con los centros portuarios de empleo y las demás empresas de trabajo temporal.

Este es el precepto que ha marcado el devenir de las SAGEP en los últimos tres años y el de los dos caminos seguidos hasta la fecha: bien la extinción de las SAGEP, bien su transformación en Centros Portuarios de Empleo (CPE).

En función de estos parámetros, a 1 de julio de 2020 el mapa de la estiba en España era el siguiente. De las 36 sociedades que existían a 14 de julio de 2017 (35 SAGEP más la Sociedad de Estiba de Cartagena) en la actualidad un total de 4 se han extinguido o están en proceso de disolución: Ferrol, Marín y Ría de Pontevedra, Vilagarcía y Cartagena (en este caso con 6 meses más de plazo según el RDL 8/2017).

En concreto 23, como se refiere en el mapa que ilustra la información ya se transformaron en este periodo en Centros Portuarios de Empleo (CPE).

Por último, a 1 de julio aún quedaban 9 SAGEP en proceso para su transformación en CPE, a saber, Avilés, Ibiza, Palma de Mallorca, Mahón, Alcudia, Gijón, Huelva, Pasaia y Sevilla.

Precisamente, este grupo aún pendiente de transformación justificó que el pasado 23 de junio en el Real Decreto Ley  23/2020 se incluyera una disposición adicional para ampliar en dos meses más el referido periodo transitorio para la adaptación de las SAGEP y su extinción o transformación en CPE, periodo que por tanto ha pasado a finalizar el martes de la próxima semana.

Por tanto, a este respecto, el proceso “liberalizador” está a punto, pero sigue todavía sin culminarse tras tres años.

Contratación

El segundo precepto más destacado vinculado al periodo transitorio, y tal vez el más icónico, era el referido a los mínimos de contratación. A este respecto, el RDL 8/2017 establecía que desde la entrada en vigor de la norma y durante el primer año existía la obligación de contratar como mínimo el 75% del trabajo a través de la SAGEP, porcentaje que se reducía al 50% el segundo año y al 25% el tercero, de tal forma que desde el 14 de mayo de 2020 ya no hay obligación ni mínimo alguno de contratación de la SAGEP. Esta medida, muy controvertida, nunca se llegó a aplicar por el pacto alcanzado entre patronal y sindicatos, manteniéndose mayoritariamente el 100% de contratación y habiendo resultado intrascendente durante el periodo transitorio.

Indemnizaciones

En cuanto al tercer precepto destacado, incluido en la disposición transitoria sobre el periodo transitorio de tres años, el Real Decreto 8/2017 establecía la posibilidad de la extinción de contratos, para lo cual la Autoridad Portuaria correspondiente al ámbito geográfico de la SAGEP donde los trabajadores estuvieron contratados asumirían obligatoriamente el 100% de las indemnizaciones correspondientes por los despidos.

Si bien no hay límite temporal para esta medida, que afecta a los trabajadores con contrato anterior al 11 de diciembre de 2014, igualmente su impacto durante el periodo transitorio ha sido nulo, en virtud de los acuerdos y regulaciones establecidas posteriormente con relación a la subrogación.

Nuevos reales decreto

Dicho esto, lo más relevante de estos tres años de periodo transitorio es que, por un lado, hicieron falta un segundo real decreto ley, el 9/2019, así como otro real decreto, el 157/2019, para acotar, precisar y desarrollar aquellos aspectos que no estaban claros en el Real Decreto Ley 8/2017 y que precisamente condicionaron el periodo transitorio e hicieron que éste, o bien no fuera tal, o bien no pudiera servir para desplegar la liberalización tal y como estaba prevista, ya que realmente se empleó en negociar las dos nuevas normas para determinar cómo se debía actuar, sin obviar los avatares políticos que también bloquearon los procesos.

Por otro lado, esta indefinición jurídica fue igualmente la razón por la cual se tardó tanto en emprender formalmente la negociación del nuevo convenio colectivo del sector y de los subsiguientes convenios de puerto, hasta tal punto que el objetivo era contar con su aprobación de forma inmediata tras la publicación del RDL  8/2017, aunque para esta cuestión dicha norma estableciera un periodo transitorio de 1 año, es decir, que daba de margen para adaptar los convenios colectivos a la nueva realidad jurídica hasta el 14 de julio de 2018.

Pero como no había certeza sobre muchas cuestiones de esa realidad jurídica y con la negociación de todos los referidos reales decreto por medio, dicho periodo transitorio de adaptación del convenio hubo que prolongarlo por ley en sucesivas ocasiones a lo largo de estos años hasta fijarse finalmente en el 31 de diciembre de 2019.

Pues bien, seis meses han transcurrido desde entonces e incluso ya se ha superado el periodo transitorio global general y el convenio sigue sin aprobarse. Se espera que vea la luz muy pronto, lo que ya sí será la verdadera finalización de la transición, la culminación del proceso y la plena aplicación del nuevo marco liberalizado.

Tras la ampliación en dos meses más del periodo para la adaptación de las SAGEP, este martes 14 de julio finaliza el plazo para la conversión o extinción de las que aún están pendientes 

Antolín Goya, coordinador general de Coordinadora. “Ha sido el periodo vivido más agotador, marcado por la permanente incertidumbre”Para Antolín Goya, coordinador general del sindicato Coordinadora, estos tres años han sido un periodo “excesivamente raro” marcados por una “incertidumbre permanente”, que han hecho que se parezcan en muy poco a como inicialmente estaban diseñados. En declaraciones a Diario del Puerto, para el líder del sindicato mayoritario de estiba, este periodo ha servido “para mucho” desde el punto de vista de Coordinadora, puesto que el sindicato ha hecho “un esfuerzo tremendo para adaptar la negociación a los nuevos tiempos, para entender qué se pretendía y qué se esperaba de los trabajadores  y sus representantes, para saber hasta qué puntos estábamos dispuestos a llegar a la hora de establecer las nuevas condiciones del sector y para permanentemente explicar a nuestras bases en cada momento los pasos que se estaban dando”.Por ello, Goya afirma que para él ha sido el periodo “más agotador sin duda desde que soy coordinador general”, eso sí, claramente determinado por ese punto de partida que fue el real decreto 8/2017 que evidencia, según Goya “lo mal que dejó todo el Gobierno del PP, con un grado de irresponsabilidad tremenda, faltando lo básico, la ausencia de una norma clara que ha hecho que lo hayamos sufrido todos”.A este respecto, el coordinador general de Coordinadora subraya cómo los agentes sectoriales han tenido que ir negociando y “parcheando” para poder ir cumpliendo algunos de los plazos transitorios que se fijaban, superados por esa falta de claridad en las normas.Igualmente, con respecto a la exigencia más determinante de estos tres años de periodo transitorio, es decir, la obligatoriedad de contratación de las SAGEP de forma escalonada en un mínimo del 75%, 50% y 25% hasta finalizar el plazo de tres años-, Goya destaca cómo la negociación colectiva evidenció que este modelo no era necesario y que había que apostar por la formación y profesionalidad de los trabajadores existentes, “autogestionándose” por sí solo el sector y no aplicándose finalmente este fórmula.“Queda pendiente el V Acuerdo Marco y el resto de convenios para definitivamente finalizar este periodo de adaptación”, destaca Goya, para quien es fundamental “poner fin a esta incertidumbre” con el objetivo de “consolidar los tráficos” y aportar seguridad a ámbitos tan sensibles a la incertidumbre como los “transbordos”.

José Luis Romero, secretario general de ANESCO. “Nuevas posibilidades y nuevas oportunidades”La generación de nuevas “posibilidades y oportunidades” es lo más destacado para la patronal ANESCO a la hora de valorar los tres años que se han cumplido desde el primer real decreto de liberalización de la estiba y culminarse el periodo transitorio inicialmente aprobado en la normativa de liberalización.Según José Luis Romero, secretario general de ANESCO, en declaraciones a Diario del Puerto, “nuestro sector se ha visto inmerso en un importante proceso de cambio durante los últimos años como consecuencia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea de 11 de diciembre de 2014, que llevaron a la aprobación de los Reales Decretos Leyes 8/2017 y 9/2019 y el RD 157/2019”.“Estas reformas legales han sido el hito más importante al que nos hemos enfrentado y, tras su aprobación, el modelo de la estiba ha evolucionado, generándose nuevas posibilidades y oportunidades, que deben ser aprovechadas para mejorar la competitividad del sector”, afirma Romero, para quien “una vez definido el marco jurídico, avanzar en la negociación colectiva, asegurando la legalidad de los contenidos pactados y manteniendo una fructífera interlocución con las organizaciones sindicales, es una de las prioridades de ANESCO”.

  

Último pasoEl último paso para la plena aplicación del nuevo marco liberalizado en la estiba es la aprobación del V Acuerdo Marco para las Relaciones Laborales en el Sector de la Estiba Portuaria. Tras el preacuerdo firmado en noviembre pasado por patronal y sindicatos y las objeciones puestas por la CNMC, los agentes sectoriales alcanzaron el 17 de junio un acuerdo para una nueva redacción adaptada a las recomendaciones de Competencia. Remitido de nuevo el texto a las autoridades laborales, se está a la espera de su visto bueno definitivo así como del de la CNMC.