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Aena amplía hasta el 20 de junio la exención de pago del alquiler de sus instalaciones de carga

Con motivo de la última y definitiva prórroga del Estado de Alarma, Aena ha propuesto una ampliación del plazo que aprobó en su día para la exención de determinadas rentas a abonar en concepto de alquiler por sus instalaciones en los Centros de Carga Aérea de la red de aeropuertos.

  • Última actualización
    25 junio 2020 16:09

Así, la empresa ha propuesto ampliar el plazo -inicialmente previsto desde el 15 de marzo al 31 de mayo- hasta el 20 de junio de 2020, ambos inclusive.

Se trata de arrendamientos de espacios como oficinas, almacenes y superficies pavimentadas destinadas al sector de la carga aérea en los centros de carga.

La compañía decidió adoptar estas medidas, como informó Diario del Puerto, con el objeto de ayudar a sus clientes a sobrellevar el impacto que ha tenido la emergencia sanitaria provocada por la propagación del Covid-19.

Una vez planteadas, los clientes debían solicitar a Aena la aplicación de estas exenciones. En el proceso de diálogo establecido con los mismos, Aena está comunicando estos días la referida ampliación del plazo para cubrir hasta la finalización del estado de alarma, en concreto el pasado 20 de junio.

Según informó en su día Aena, el porcentaje de la renta a eximir depende del tipo de activo del que se trate, siendo beneficiaria la comunidad de carga de una exención del 65% en el alquiler de espacios arrendados por operadores de carga aérea, como terminales de carga de primera y segunda línea, oficinas y almacenes en naves de carga, superficies pavimentadas y sin pavimentar y terrenos urbanizados.

Oficinas

Asimismo, se ofreció también una exención del 65% en la renta de alquiler en los edificios de servicios generales de los Aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Josep Tarradellas Barcelona-El Prat y Valencia, aplicable a los espacios principalmente de oficinas de menos de 500 metros cuadrados.

Ambas exenciones no incluían el pago de suministros, servicios o IBI y exigía estar al corriente de pago de cualquier obligación que se haya contraído con Aena.

Como se ha señalado, la aplicación de la referida exención requiere la solicitud expresa, el acuerdo por parte de cada asociado y la renuncia expresa al ejercicio contra Aena de cualquier reclamación judicial o extrajudicial futura derivada del fenómeno Covid-19.

Aplazamiento de pagos

Otra de las medidas que adoptó en su momento Aena fue además el establecimiento de un procedimiento extraordinario para el aplazamiento de pagos por la crisis del Covid-19. El aplazamiento igualmente requería la previa solicitud del cliente o arrendatario interesado, sin que por tanto se produjera una aplicación automática en todos los casos. Para ello, Aena habilitó un procedimiento extraordinario para la solicitud.

Tanto esta medida como la reducción de los alquileres no son excluyentes.

250 empresas de transporte beneficiariasSegún los datos que dispone Diario del Puerto, estas medidas aprobadas por Aena tienen como beneficiarias directas alrededor de 250 empresas del sector de transporte y la logística que operan directamente en instalaciones de los distintos aeropuertos de la red de Aena, principalmente en los Aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Barcelona-El Prat, Aeropuerto de Vitoria, Zaragoza y Valencia.

En concreto, las medidas se destinan a 120 empresas ubicadas en el Aeropuerto de Madrid- Barajas; 110 empresas posicionadas en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat; 13 empresas ubicadas en el Aeropuerto de Valencia; 4 empresas en Vitoria y 3 en Zaragoza.

A estas hay que sumar las empresas que a su vez están subarrendadas en las instalaciones aeroportuarias y que de manera indirecta serán beneficiarias en función de la repercusión que pacten con sus arrendadores.