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El nuevo PNS elimina el examen de precontratación y exige en carga solo certificado de antecedentes penales

El BOE publicó el viernes la actualización de la parte pública del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que contempla la supresión del examen de precontratación para todas las personas con acceso a las mercancías en los aeropuertos, limitándose a la petición de un certificado de antecedentes “normal”.

  • Última actualización
    07 febrero 2020 16:17

En la actualidad, toda persona que tenga libre acceso a la carga o correo aéreo, a los que se hayan aplicado los controles de seguridad exigidos, debe haber superado una valoración de su idoneidad o un examen de precontratación, que contempla establecer la identidad de la persona sobre la base de los documentos justificativos oportunos; referir la formación y experiencia laboral y las posibles «lagunas» durante al menos los 5 años precedentes; y exigir que la persona en cuestión firme una declaración de antecedentes penales en todos los estados de residencia durante al menos los 5 años precedentes.

Pues bien, ahora en el nuevo PNS desaparece para el personal con acceso a las mercancías transportadas el examen de precontratación como tal y se centran las exigencias en un certificado de antecedentes penales “normal”, siempre con la referencia de los cinco años precedentes.

Para el personal con acceso a la ZRS se establece una comprobación de antecedentes reforzada

La exigencia del examen de precontratación se considera en vigor hasta el 31 de julio de 2019. Todas las personas en contacto con la carga que hayan completado un examen de precontratación con anterioridad al 31 de julio de 2019 serán sometidas a una comprobación de antecedentes normal a más tardar el 30 de junio del presente 2020.

En cuanto a los responsables del PNS de agentes acreditados y expedidores conocidos así como en lo que respecta a todo el personal en materia de transporte aéreo de mercancías que tenga acceso a la denominada zona restringida de seguridad (ZRS), estarán sometidos a una comprobación de antecedentes penales “reforzada”, que incluirá la información de inteligencia y de cualquier otro tipo de que dispongan las autoridades competentes que estas consideren pertinente al objeto de determinar la idoneidad de la persona, y que puedan suponer un riesgo para la seguridad de la aviación civil.

Amenaza interior y radicalización

Otra novedad a destacar en la parte pública del nuevo Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil afecta a la formación de las personas que inspeccionan la carga y el correo o hacen controles de seguridad distintos a los controles de inspección.

Entre las competencias que se deben adquirir por la vía de la formación se sustituirá a más tardar a partir del 31 de diciembre de 2020 la exigencia del “conocimiento de las disposiciones legales pertinentes” por la exigencia de una “concienciación sobre los requisitos legales pertinentes y conocimiento de los elementos que contribuyen a la creación de una cultura de la seguridad sólida y resiliente en el lugar de trabajo y en el ámbito de la aviación, incluidos, entre otros, la amenaza interior y la radicalización”.

Queda por ver cómo se refleja esta cuestión en la formación.