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Blas de Lezo analiza con la comunidad portuaria cuáles son las principales reclamaciones del transporte marítimo

El proyecto formativo del bufete de abogados Blas de Lezo  que pretende dar respuesta a “Las 20 reclamaciones más comunes en el transporte marítimo” se celebró ayer en Valencia. Ante un nutrido grupo de profesionales del sector logístico valenciano, Miquel Roca, socio director del bufete, habló de incidencias reales, llevando a la esfera más práctica toda su exposición, lo que gustó a los presentes que participaron activamente en el diálogo abierto por el experto.

  • Última actualización
    26 marzo 2019 17:35

Cumpliendo con el objetivo principal del seminario, es decir, responder, de una manera sencilla y práctica, a las dudas más frecuentes sobre derecho marítimo, Miquel Roca comenzó su exposición hablando de conceptos esenciales como la figura del shipper, el BL, los incoterms, el contrato de compraventa de mercancías y el contrato de transporte, “que en ocasiones se entremezclan cuando se piden responsabilidades y de uno de ellos, ninguno de los que estamos aquí tenemos nada que ver”, apuntó.

Casos del día a día

Entrando en el apartado más práctico, Roca analizó situaciones en las que los asistentes podrían verse envueltos como, por ejemplo, cuando se entrega mercancía sin BL o qué hacer cuando se pierde un BL y el armador pide un aval. “¿Estamos obligados a poner ese aval? Pues la nueva Ley de Navegación Marítima (LNM) permite poner en marcha un expediente notarial con lo que en import, nunca firmemos un aval y en export, se tendrá que negociar”, comentó el socio director, quien aprovechó para recordar que en este seminario se hablaba de generalidades y que, por supuesto, cada caso debe estudiarse antes de tomar decisiones.

Otros de los temas expuestos fueron: si existe el derecho de retención en caso de impago de la mercancía o el BL; si se deben pagar los gastos de reparación en caso de que un contenedor llegue dañado a destino; la responsabilidad por retraso (¿quién responde el transitario o el naviero?); si existe obligación de la naviera de dar el datalogger o no, o qué hacer ante la no recogida de la mercancía en destino.

Además, Miquel Roca quiso recordar que la caducidad para reclamar los fletes es de un año y que pese a que existe el concepto de prescripción, lo mejor es que se tenga en cuenta el plazo de caducidad porque ya hay sentencias que sólo admiten este plazo.

Con el seminario de ayer se cerró el ciclo de actos formativos programados por el momento. El seminario se ha impartido en Madrid, Bilbao, Vigo y Barcelona.

Asistentes al seminario organizado por Blas de Lezo en Valencia. Foto A. Prado.