Los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado hoy un acuerdo político provisional sobre las normas de emisión de CO2 de los vehículos pesados.
BRUSELAS. En línea con los objetivos climáticos de la Unión Europea para 2030 y más allá, el Consejo y el Parlamento mantuvieron los objetivos fijados por la Comisión en su propuesta para 2030 (45%), 2035 (65%) y 2040 (90%), además del objetivo de reducción del 15% para 2025 que ya estaba previsto en el reglamento actual. Estos objetivos se aplicarán a los camiones pesados de más de 7,5 toneladas y a los autocares.
Los colegisladores acordaron fijar los objetivos para los remolques en el 7,5% y para los semirremolques en el 10%. También introdujeron la definición de “remolques electrónicos” para aportar claridad jurídica y adaptar la normativa vigente a los avances técnicos de este nuevo tipo de remolque, teniendo en cuenta el potencial de los remolques electrónicos para contribuir a reducir las emisiones de CO2 de los remolques.
Los colegisladores han acordado ampliar el ámbito de aplicación del Reglamento para que casi todos los vehículos pesados nuevos con emisiones certificadas de CO2 -incluidos camiones más pequeños, autobuses urbanos, autocares y remolques- estén sujetos a objetivos de reducción de emisiones.
El acuerdo provisional también amplía el ámbito de aplicación del reglamento a los vehículos profesionales
El acuerdo provisional también amplía el ámbito de aplicación del reglamento a los vehículos profesionales, como los camiones de la basura o las hormigoneras, en una fase posterior (2035). Además, la Comisión analizará la posibilidad de incluir los camiones más pequeños (de menos de 5 toneladas) en el ámbito de aplicación.
El acuerdo provisional también aborda la cuestión de los vehículos retroadaptados, es decir, los vehículos convencionales convertidos a vehículos cero emisiones, permitiendo la transferencia de dichos vehículos entre fabricantes. Los colegisladores han acordado encargar a la Comisión que evalúe, de aquí a 2025, la necesidad de facilitar la incorporación al mercado de vehículos pesados adaptados mediante normas armonizadas para su homologación.
La Comisión revisará en 2027 la eficacia y el impacto del Reglamento modificado en los objetivos mencionados. Los colegisladores han añadido una serie de disposiciones para que la cláusula de revisión sea más completa.
Entre otras cosas, la Comisión también tendrá que evaluar la posibilidad de desarrollar una metodología común para la evaluación y notificación de las emisiones de CO2 durante todo el ciclo de vida de los nuevos vehículos pesados y elaborar una evaluación del papel de un factor de corrección del carbono (CCF) en la transición hacia una movilidad con cero emisiones en el sector de los vehículos pesados. En la revisión también se evaluará el papel de una metodología para registrar HDV que funcionen exclusivamente con combustibles neutros en CO2.
El acuerdo provisional se presentará ahora a los representantes de los Estados miembros en el Consejo (Coreper) y a la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento para su aprobación. Si se aprueba, el texto deberá ser adoptado formalmente por ambas instituciones, previa revisión por juristas-lingüistas, antes de que pueda publicarse en el Diario Oficial de la UE y entrar en vigor.
El Consejo y el Parlamento adoptaron sus posiciones sobre el Reglamento modificado en octubre y noviembre de 2023, respectivamente.