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El 31 de marzo cumple el plazo para declarar los kilómetros recorridos para el gasóleo profesional

Como años anteriores, todos los transportistas dados de alta en el Censo de Beneficiarios del Gasóleo Profesional deberán de comunicar los kilómetros que han realizado sus vehículos de transporte en el año anterior a la Agencia Tributaria, informó ayer Fenadismer mediante comunicado. Una de las opciones para realizar la declaración es a través de las asociaciones territoriales de Fenadismer antes del 31 de marzo de este año.

  • Última actualización
    22 enero 2019 09:03

El importe que se devuelve en concepto de gasóleo profesional, explica Fenadismer, se calcula por la diferencia respecto del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular.

Son beneficiarios del gasóleo profesional todos los camiones de más de 7’5 toneladas de MMA dependiendo de los consumos que realicen a través de tarjetas de carburante para gasóleo profesional bien en estaciones de servicio o bien en sus propias bases a través de una unidad de suministro propio debidamente legalizada. 

La Agencia Tributaria devuelve trimestralmente dicha diferencia a través del gasóleo profesional, que en la actualidad está establecido en 0,1 céntimo por litro de carburante consumido correspondiente al tramo estatal más el tramo autonómico que asciende a 4,8 céntimos por litro, por lo que la suma total a devolver puede alcanzar los 4,9 céntimos por litro.