GUIPÚZCOA. En esta ocasión, la nueva regulación somete a peaje prácticamente todo el trazado de ambas vías, en concreto en 49 kilómetros de la N-1 y 28 kilómetros de la A-15, estableciendo siete pórticos de control y 108 banderolas de paso para el cobro del peaje, frente a los tan sólo cuatro pórticos que había con anterioridad. Por ello, a fin de asumir la mayor inversión que tal mastodóntica infraestructura ha supuesto, la Diputación Foral decidió incrementar sustancialmente el importe de los peajes, muy por encima del importe medio de las autopistas de peaje de alta capacidad del resto del territorio nacional, triplicándolos frente a las versiones anteriores pese a tratarse de una carretera nacional desdoblada, frente a los que Fenadismer viene manifestando su “absoluto rechazo por el impacto tan brutal que los nuevos importes establecidos están teniendo sobre los transportistas, siendo especialmente los más castigados los propios guipuzcoanos”.
Prueba del carácter confiscatorio de las nuevas cuantías de los peajes es que comparándolos con aquellos países europeos que han traspuesto también en sus respectivos ámbitos la Directiva europea sobre tarificación de infraestructuras, los peajes guipuzcoanos se encuentran entre los más altos de Europa. Así comparándolo con Alemania hoy se sitúan entre un 30% y un 40% más elevados, o incluso un 50% respecto de los de Bélgica, pese que al nivel de renta en ambos países es muy superior al de aquí, teniendo en cuenta además que la Diputación guipuzcoana recauda anualmente por el impuesto sobre hidrocarburos en torno a 400 millones de euros, principalmente de los transportistas, lo que supone 10 veces más que el presupuesto destinado por la Diputación foral al mantenimiento de sus carreteras.
Ello motivó que las principales asociaciones nacionales de transportistas recurrieran de nuevo dicho peaje ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que una vez más declara nula la norma foral que los puso en marcha, en este caso parcialmente al entender que una vez más vulnera la normativa europea al no tener en cuenta en el cálculo de los peajes a cobrar la categoría ambiental de los vehículos de transporte. Así, el Tribunal Superior en su sentencia 198/2023 de fecha 3 de Mayo, notificada este lunes a las partes, señala en su fallo “Que estimando, parcialmente, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Comité Nacional de Transporte por Carretera, contra la Norma Foral 5/2021 de implantación de un canon por uso para los vehículos pesados de transporte de mercancías en las carreteras A-15 y N-1 de Gipuzkoa, debemos declarar y declaramos la nulidad de la disposición recurrida con el alcance señalado en el fundamento sexto”.
Sin embargo, ante la previsión de una nueva posible sentencia adversa en su contra, la Diputación Foral se apresuró a aprobar el pasado mes de Diciembre una modificación express de la Norma Foral que sustenta los actuales peajes, haciéndolo coincidir con la aprobación de los presupuestos provinciales anuales, por lo que en la práctica los efectos de esta nueva sentencia no paralizarán su aplicación.