Estas medidas, añaden desde Fenadismer, estarían en coherencia además con las políticas europeas de mejora del medio ambiente y de seguridad vial.
Según señala la asociación, cada día que pasa crece más la indignación en el sector empresarial del transporte por carretera, por la exclusión de que ha sido objeto en las ayudas al Plan Renove 2020, lo que en la práctica afecta a los más de 102.000 autónomos y empresas que operan en dicho sector en España.
Esta decisión, asegura Fenadismer, no fue advertido en ningún momento el sector. Así lo ha podido constatar en la Guía informativa que publicó el Ministerio de Industria el pasado 10 de julio para orientar a los posibles adquirentes de vehículos nuevos acerca de las condiciones del referido Plan. Bajo el título “Programa de Renovación del parque circulante español en 2020-Programa Renove2020-Guía de ayuda”, el documento se presenta como una Guía con “información aclaratoria respecto al contenido del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo, que regula el Programa de Renovación del parque circulante español en 2020 (Plan Renove 2020), en forma de preguntas frecuentes”.
A lo largo de las 26 páginas de que se compone la Guía se da respuesta a cuestiones tales como a qué se destinan las ayudas, quién puede ser beneficiario o qué condiciones deben tener los vehículos para acceder a la subvención, entre otras. En este sentido, en ningún de los apartados se hace referencia alguna a que los autónomos o empresas de transporte de mercancías por carretera queden fuera de dichas ayudas, asegura Fenadismer.
En concreto, en el apartado relativo a “Qué regímenes o reglamentos aplican a estas ayudas”, la Guía se limita a señalar expresamente lo siguiente: “ Para el caso de que el solicitante sea una empresa, estas ayudas estarán sometidas al Régimen de minimis (no aplicable a empresas sin ánimo de lucro). El total de las ayudas públicas concedidas a la empresa durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso no deberán superar los 200.000 euros. Por ello, el solicitante deberá declarar responsablemente, en el cuestionario de solicitud de ayuda correspondiente, las ayudas «de minimis» recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso".
Ello contrasta con la redacción que recoge dicho apartado en la versión actual de la citada Guía de Ayudas del Ministerio de Industria, que ahora añade lo siguiente: “A los efectos de las ayudas contempladas en el marco del Programa Renove 2020… tampoco podrán concederse ayudas a empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, si éstas son destinadas para la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera".
Ello a juicio de Fenadismer representa un auténtico “engaño” para el sector del transporte profesional, cuando en ningún momento se le informó de dicho cambio de criterio, permitiéndose que durante estos meses desde que se aprobaron las ayudas hasta que se ha puesto en marcha la aplicación informática que permite tramitarlas se hayan formalizado miles de operaciones de compra de camiones por parte de los transportistas, que ahora no van a poder acceder a la subvención de hasta 4.000 euros a que tenían derecho.