MADRID. Como ha venido informando Fenadismer en los últimos años, pese a que la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas estableció un régimen transitorio de reducción del límite de facturación anual hasta el año 2017 para que los autónomos pudieran continuar acogidos al régimen de estimación objetiva (módulos), sin embargo las sucesivas Leyes Generales de Presupuestos han ido prorrogando dicho régimen transitorio otros 6 años más, lo que en la práctica ha permitido que a lo largo de estos años más de 30.000 transportistas autónomos hayan podido continuar acogidos a dicho régimen de tributación más favorable.
Así, hasta este año 2023 se ha mantenido el anterior límite de facturación anual máximo previsto para continuar acogido a dicho régimen, siendo el mismo que el existente antes de 2016, esto es, que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior no supere los 125.00 euros si el destinatario de las operaciones del autónomo es empresario o profesional.
Así, en la práctica, todos aquellos transportistas titulares de un vehículo pesado que hicieran transporte de larga distancia han podido durante estos años tributar sus ingresos por este régimen simplificado teniendo en cuenta que sus costes de explotación eran inferiores a dicho límite, lo que les permitía desarrollar su actividad cómodamente sin superar dicho umbral para poder acogerse en el siguiente año.
Sin embargo, el importante incremento de los costes de explotación que se inició el pasado año 2022 ha variado la situación de años anteriores, principalmente por el encarecimiento de la partida del gasóleo, lo que está motivando que muchos autónomos estén optando por no continuar prestando su actividad en lo que queda de año, a fin de evitar superar el límite fiscal para poder continuar acogido al régimen de módulos el próximo año 2024 ante la incertidumbre por si el Gobierno decidiera volver a prorrogarlo un año más, o si por el contrario acordará la entrada en vigor de los nuevos límites mucho más reducidos.