En este sentido, tras la atribución a los Gobiernos autonómicos por el nuevo Decreto de Estado de alarma de su condición de autoridad competente delegada, ha motivado la iniciativa llevada a cabo por Fenadismer y sus organizaciones territoriales con el objetivo de "replicar en todas las regiones las medidas aprobadas la semana pasada por el Gobierno autónomo de Castilla-León".
Así, en el escrito presentado ante los Consejeros autonómicos de Sanidad, las organizaciones miembros de Fenadismer recuerdan el carácter esencial de la actividad del transporte por carretera “para garantizar el abastecimiento de la población y el resto de actividades económicas, especialmente en los periodos de mayor confinamiento”.
Ello motiva que, en la situación epidemiológica actual de expansión del virus, sea una prioridad para las autoridades sanitarias proteger la salud e higiene de los conductores profesionales, "y ello debe hacerse detectando las situaciones o factores que desencadenan riesgo de contagio, para así tratar de abolirlas o corregirlas de modo que ese riesgo desaparezca o al menos sea reducido considerablemente". Todo ello, añaden, "teniendo en cuenta que la actividad del transporte por carretera, por su propia idiosincrasia, conlleva una alta movilidad de sus trabajadores, que se desplazan a lo largo de toda la geografía nacional de modo permanente, pudiendo convertirse de este modo en vectores de transmisión del coronavirus en caso de estar infectados”.
De este modo, Fenadismer insta a los Consejeros de Sanidad, siguiendo el ejemplo de la medida aprobada por la Junta de Castilla-León la semana pasada, "a controlar la realización de las operaciones de carga y descarga de los camiones en los centros de carga y centros logísticos, evitando la interacción y contactos entre el personal de la empresa logística y los conductores profesionales que acceden a dichos centros, restringiendo que estos últimos realicen esas operaciones y se limiten a permanecer en la cabina de los vehículos o en cualquier otro lugar habilitado al efecto".
"Hay que tener en cuenta que buena parte de las empresas titulares de los centros de carga y descarga de las mercancías, así como los operadores logísticos, no han modificado durante esta pandemia su práctica habitual de imponer desde su posición de dominio a las empresas transportistas la realización contra su voluntad de las operaciones de carga y descarga con el objeto de reducir considerablemente sus costes laborales y logísticos. Ello ha supuesto obligar a los conductores a exponerse a un elevado riesgo de contagio al coincidir e interactuar en esos centros trabajadores de la empresa titular de ese centro con trabajadores móviles concurrentes de otras empresas (fundamentalmente conductores) que, además, debían de hacer uso de equipos de manipulación de cargas (carretillas elevadoras, traspaletas, etc.) que no son propios, sino propiedad de la empresa titular del centro, que además, durante la misma jornada manejaban muchos otros trabajadores de muchas empresas, sin garantía de desinfección", explica la Federación en su comunicado.
Apertura de restaurantes de carretera
Asimismo, las asociaciones territoriales de Fenadismer han reclamado a sus respectivos Gobiernos autonómicos que, en el caso de que se decrete el cierre de la hostelería en sus ámbitos territoriales, se permita la apertura de restaurantes en carreteras y polígonos empresariales para dar un servicio adecuado y digno a los conductores profesionales y otros trabajadores móviles.
En este sentido, el escrito remitido hace especial hincapié en que en dichos establecimientos se garantice “una escrupulosa limpieza y desinfección de los espacios comunes, fundamentalmente aseos y duchas, garantizando en todo caso las medidas de seguridad genéricas contra el Covid-19 (distancia social, uso de desinfectantes, etc.) y controlando en todo momento que no se produce la agrupación de personas, ni en el interior ni en el exterior de los establecimientos”, proponiendo incluso, si la autoridad sanitaria lo considera necesario, establecer la prohibición temporal del consumo de bebidas alcohólicas en los referidos establecimientos.