Fenadismer solicitará a los Servicios de Inspección de Transporte Ministerio un plan especial de lucha contra la morosidad, por persistir en su incumplimiento reiterado el 65% de los clientes de los transportistas
MADRID. A pesar de que Fenadismer ha constatado en estos últimos meses una leve mejoría en los plazos de pago en relación a la situación existente a principios de 2021, “la situación de incumplimiento sigue siendo generalizada”, explican en un comunicado.
De hecho, detallan, así lo demuestra el hecho de que en el pasado mes de enero un 65% de los clientes de los transportistas abonaban sus facturas incumpliendo sistemáticamente los plazos máximos legales, con el agravante de que un 37% de los incumplidores lo hicieron a más de 90 días e incluso un 25% a más de 120 días, esto es, a 6 meses.
En cuanto a los medios de pago que utilizados para el pago de los servicios de transporte, las modalidades más habituales han continuado siendo por este orden la trasferencia (61%), seguido del confirming (29%), el pagaré (10%) y el cheque (<1%).
Por este motivo, la Federación va a instar formalmente a los Servicios de Inspección de Transporte, tanto del Ministerio como de las Comunidades Autónomas, para que promuevan de oficio un Plan específico de lucha contra la morosidad con una campaña masiva de control y sanciones a empresas cargadoras, operadores logísticos e intermediarios sobre sus plazos de pago, a fin de erradicar las situaciones de abuso e incumplimiento reiterado que en la actualidad se producen.
Observatorio de la morosidad
Fenadismer puso en marcha el mes de julio de 2012 el Observatorio permanente de la morosidad y los pagos en el sector del transporte por carretera, en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, con la finalidad de conocer mensualmente la evolución de las formas y plazos de pago en el sector, y en consecuencia verificar el grado de cumplimiento de la vigente legislación en materia de morosidad en las relaciones comerciales, la cual establece que el plazo máximo de pago será de 30 días desde la fecha de prestación del servicio, ampliable a un plazo máximo legal de 60 días si así lo establecen las partes por escrito.
Durante estos casi 10 años de estudio sobre la evolución de los plazos de pago en el sector del transporte por carretera “se ha venido constatando cada mes un incumplimiento escandaloso y sistemático de los plazos máximos de pago por parte de las empresas cargadoras y operadores logísticos e intermediarios que contratan a los transportistas, las cuales han venido imponiendo condiciones abusivas a sus proveedores con absoluta impunidad hasta ahora, basando de este modo su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grandes grupos empresariales”, aseguran desde la Federación.
Ello motivó la necesidad de aprobar por Ley el pasado mes de octubre un nuevo régimen sancionador para poner fin a dicha lacra que tanto perjudica al normal desarrollo de la actividad económica y a la propia supervivencia de los autónomos y empresas de transporte afectadas, sancionando los incumplimientos en materia de plazos de pago en el sector del transporte de mercancías por carretera con multas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para aquellas situaciones reincidentes más abusivas.