Ante esta situación, la asociación de transitarios está multiplicando sus esfuerzos para dar una solución legal al respecto ya que, en caso contrario, van a ir disminuyendo drásticamente sus posibilidades de continuidad.
“Existe la “percepción de que pudiera existir una campaña orquestada desde las más altas instancias para acabar con el asociacionismo”.
Fuentes de ATEIA-OLTRA Valencia han señalado a este Diario que existe la “percepción de que pudiera existir una campaña orquestada desde las más altas instancias para acabar con el asociacionismo”. Tampoco entienden que se haya fijado el foco sobre los transitarios valencianos, ya que “esta situación no se ha reproducido con otras asociaciones que también han sido multadas, como es el caso de la Asociación Naviera Valenciana”.
Según explican los transitarios, ante la llegada de los requerimientos del pago de las cuotas, ATEIA presentó un recurso de revisión con el objetivo de que se paralizaran esos pagos hasta que no existiera un pronunciamiento firme de la Audiencia Nacional sobre los recursos presentados en 2018 a la sanción de Competencia. Sin embargo, con fecha 12 de julio, Hacienda comunicó que no iba a estimar ese recurso y que proseguía con su intención de cobrar la multa.
La realidad es que la cuota de 19 asociados, más las que puedan llegar en los próximos días, ya supone un importantísimo porcentaje del total de los ingresos que recibe la asociación, que debe mantener su actividad de representación y, lógicamente, el pago de las nóminas de sus empleados.
EL DATO
+19La cuota de 19 asociados, más las que puedan llegar en los próximos días, ya supone un importantísimo porcentaje del total de los ingresos que recibe la asociación, que debe mantener su actividad de representación y, lógicamente, el pago de las nóminas de sus empleados.
La única opción que ahora tiene ATEIA-OLTRA Valencia, mientras espera un pronunciamiento de la Audiencia Nacional, es proseguir con la vía legal de presentación de recursos que puedan revertir la situación.
“Esta situación no se ha reproducido con otras asociaciones que también han sido multadas, como es el caso de la Asociación Naviera Valenciana”
En cualquier caso, como es lógico, cada día que pasa sin noticias de la Audiencia Nacional es un misil directo en la línea de flotación de la asociación, que tras el verano deberá tomar cartas en el asunto y decidir cuál va a ser su futuro inmediato, máxime si ha de incluir en su pasivo una deuda de 13,4 millones de euros más los intereses de demora.
¿Y si la Audiencia Nacional se pronuncia?
Si durante los próximos meses la Audiencia Nacional se pronuncia sobre los recursos presentados pueden darse dos situaciones.
La primera sería que la respuesta fuera positiva, estimara los recursos y, por lo tanto, eliminara el pago de las sanciones.
La segunda situación sería que la Audiencia Nacional argumentara que las razones y los cálculos de las sanciones son correctas, lo que abriría dos nuevos caminos: el primero, que no haya posibilidad de recurso y, el segundo, que sí la haya, por lo que habría que acudir al Tribunal Supremo. Una vez el recurso llegara al Supremo, éste debería pronunciarse sobre la decisión de la Audiencia Nacional, abriéndose una triple posibilidad.
“Acudir a instancias europeas es imposible por cuanto la legislación en materia de Competencia en la UE es mucha más estricta que la nacional”
En primer lugar, que el alto tribunal desestime el nuevo recurso y afirme que tanto la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia como la Audiencia Nacional aciertan. Llegados a este punto, las fuentes consultadas reconocen que se acabaría el proceso, ya que “acudir a instancias europeas es imposible por cuanto la legislación en materia de Competencia en la UE es mucha más estricta que la nacional”.
Otra opción es la que se daría si el Supremo afirmara que la sentencia de la Audiencia Nacional no se ajusta a derecho, abriéndose nuevos escenarios. “Esto daría pie a que se pudiera pedir la revocación de la sanción o que el Supremo volviera a remitir a la Comisión las cifras para realizar un nuevo cálculo”, afirman las fuentes consultadas por Diario del Puerto.
La tercera de las situaciones es la de que se revocara de forma definitiva la sanción.
Derivación de responsabilidad Uno de los aspectos que más preocupa a los profesionales logísticos valencianos es saber si la Administración derivará la responsabilidad del pago de las sanciones a los socios en el caso de que las organizaciones profesionales no pudieran hacer frente a las mismas. Las fuentes consultadas reconocen que en este campo concreto “no hay antecedentes judiciales ni jurídicos que nos indiquen cuál es el camino a seguir”. Si bien la normativa actual sí que recoge la posibilidad de reclamar a los socios esa responsabilidad, lo cierto es que en la práctica no se ha llevado a cabo nunca.
La normativa recoge un pago máximo del 10% de la sanción “salvo que se pueda acreditar que no se ha incurrido en ninguno de los supuestos que están siendo juzgados”, algo que, según las fuentes consultadas, sería muy complicado de demostrar. Además, hay que puntualizar que el expediente se abre contra las asociaciones, no contra las empresas, que en este proceso no han sido acusadas de nada ni han tenido posibilidad de defenderse. Si finalmente la Administración decidiera actuar contra ellas, se prevé una apertura de frentes judiciales individuales para que las mercantiles pudieran defender sus derechos.
La normativa recoge un pago máximo del 10% de la sanción.