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Club EMAS se posiciona como entidad referente en cumplimiento y reporte medioambiental

El Consejo Rector de Medio Ambiente de Port de Barcelona y el Club EMAS, asociación creada en 2006 que engloba al conjunto de empresas asociadas a la normativa EMAS, han protagonizado la jornada “Nuevas obligaciones en sostenibilidad corporativa”, en la que se han analizado las principales directrices que rige la Comisión Europea en materia de sostenibilidad empresarial.

BARCELONA · El presidente de la AP de Barcelona, Lluís Salvadó, ha dado la bienvenida a los asistentes al acto, elogiando las empresas que se adhieren de manera voluntaria al Club EMAS, una asociación sin ánimo de lucro catalana pionera a nivel europeo ya que ha sido la primera asociación de estas características en constituirse en toda la Unión Europea. En su discurso de bienvenida, Salvadó ha resaltado la función del Consejo Rector de Medio Ambiente de Port de Barcelona, como “órgano divulgador y promotor de cambios en el marco legal”, reafirmando a la vez “el compromiso de la comunidad empresarial del Port con los procesos de cambio en materia de sostenibilidad”.

Normativa Pacto Verde Europeo

Con la aprobación del Pacto Verde Europeo en 2020, la Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) requiere que se reporten informes de sostenibilidad bajo el marco de los Estándares Europeos de Informes de Sostenibilidad (ESRS) adoptados en la Unión Europea. En esta línea, Gemma Sánchez-Danés, responsable de reportes de sostenibilidad ESRS de EFRAG, ha recordado al público asistente que las empresas sujetas al cumplimiento de la CSRD, tendrán que rendir cuentas de su cumplimiento medioambiental a partir de diciembre del 2024. Esta nueva normativa puede resultar algo abstracta para las empresas ya que “mide lo intangible, herramientas que son capaces de crear valor añadido a la sociedad”.

Los principales aspectos que introducen la CSRD y los ESRS son el concepto de doble materialidad, la inclusión de información prospectiva y la información sobre la cadena de valor. Sánchez-Danés ha hecho énfasis en la doble materialidad, en la que las empresas deberán calibrar los impactos y riesgos de su actividad económica con las oportunidades financieras.

Alcance normativo

Por el momento, las pymes no cotizadas asociadas a EMAS, que suponen un 73% del total, no tendrán obligatoriedad de reportar su actividad en cuanto a cumplimiento medioambiental, actividad que será de carácter voluntario para las pequeñas corporaciones. En cuanto a las grandes empresas, el 27% restante, sí deberán rendir cuentas del impacto de su actividad al medioambiente y por lo tanto, no estarán exentas de las directrices CSRD entre 2025 y 2026. En 2027, será el turno de las pymes cotizadas.

Josep Maria Masip, jefe de la sección de producción y consumo sostenible del Departamento de Territorio de la Generalitat de Catalunya, ha argumentado que “la normativa CSRD es la punta del iceberg” y ha puesto especial énfasis en la ISO 14001, como “el corazón que mueve el sistema de reporting EMAS”, reglamentación creada en 1993 de carácter voluntario que exige reportes ambientales a las que se han asociado decenas de empresas catalanas, creando así el Club EMAS, referente europeo en cuanto al acogimiento voluntario de medición y reporte de impacto medioambiental a nivel empresarial.