Esta decisión llega después de que el TSJ de la Comunitat Valenciana estimara en su día el recurso presentado por la asociación de vecinos de La Punta La Unificadora y anulara la resolución de la Conselleria que aprobaba definitivamente el Plan Especial de la ZAL.
Los argumentos de la asociación se sostenían sobre la tesis de que la zona ZAL pasó a tener la clasificación de suelo no urbanizable que le otorgaba el plan general del municipio como resultado de la nulidad de los planes anteriores.
El Supremo deberá decidir ahora si para unos terrenos que ya han sido urbanizados es necesaria una evaluación ambiental estratégica simplificada, como defienden Generalitat y VPI, o una evaluación ordinaria.