VALENCIA. La sentencia es la respuesta al recurso presentado por el colectivo Per l’Horta, y se une a la resolución anulatoria que ya dictó el tribunal valenciano el pasado mes de marzo, como consecuencia de un recurso presentado por la asociación vecinal La Unificadora de la Punta.
En esta nueva resolución del TSJCV, que recoge los argumentos de la sentencia de marzo, establece que el plan especial de la ZAL tendría que haber sido sometido a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, y no simplificada.
Según el alto tribunal valenciano, el suelo sobre el cual está prevista la ZAL “no puede considerarse urbano”, como defendía la Conselleria de Vivienda, porque los dos planes especiales anteriores que modificaban el Plan General de Ordenación Urbana de València para darle cobertura habían sido anulados.
Representantes de la asociación vecinal han demandado tanto a la Generalitat Valenciana como a la Autoridad Portuaria de Valencia que retiren sus respectivos recursos de casación. Por su parte, desde Compromís demandan al PSPV “no volver a actuar unilateralmente” y pide no volver a presentar recurso judicial alguno para dilatar el proceso de forma injustificada.