El acuerdo PSOE-PNV para facilitar la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno conlleva el compromiso de un importante cambio en lo que respecta a la seguridad de una infraestructura crítica como es el Puerto de Bilbao, actualmente a cargo de la Guardia Civil.
Según el acuerdo, la Ertzaintza pasará a asumir “como policía integral la responsabilidad policial de los planes de apoyo operativos a las infraestructuras críticas en el Puerto de Bilbao, incluido el mismo puerto y su zona restringida”, según se recoge en uno de los puntos del documento firmado entre ambos partidos y que hace referencia al “Ámbito específico de seguridad y autogobierno en la CAV”.
En el acuerdo entre PSOE y PNV se especifica que corresponde a la Ertzaintza, en el marco de sus competencias como policía integral para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio del País Vasco, también los bienes de dominio público marítimo terrestre estatal (excepto el mar territorial y sus islotes) y los puertos, sus instalaciones y aguas de sus zonas de servicio (tanto los de interés general como los autonómicos), sin perjuicio de las funciones que el art. 17 del Estatuto reserva para su desarrollo por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Por tanto, en el acuerdo se contempla que se realizarán las modificaciones normativas precisas para que la Ertzaintza forme parte de los equipos de inspección portuaria previstos en la Orden PCI/1188/2018, de 15 de noviembre, y en los Comités Consultivos que en materia de protección portuaria se contemplan en el RD 1617/2007.
Para el desempeño de las funciones antes señaladas, y según las normas y criterios que se acuerden con Puertos del Estado, se establece el compromiso de dar acceso a la Ertzaintza al sistema SecurePort.
Por otra parte, en virtud del acuerdo se modificará el art. 18.f de la Ley de Puertos añadiendo el texto “...y cuando proceda con los órganos correspondientes de las CCAA competentes para la protección de las personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana”.
En otro de los epígrafes del acuerdo se especifica también que se modificará el borrador de reglamento de explotación y policía de los puertos de interés general en su párrafo quinto de la Exposición de Motivos, de manera que se suprima la expresión “del Estado”.
“Se corrige de esta manera - señala el texto-, la reproducción incorrecta del art. 296 de la Ley de Puertos del Estado y el art. 7,4 de la LOSC”.
Cabe subrayar que el art. 17 del Estatuto de Autonomía de Gernika de 1979 reserva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado “los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas...”.