Diario del Puerto ha tenido acceso al contenido de dicha demanda en la que se solicita al Tribunal de Arbitraje que se proceda a señalar día y hora para la celebración del acto conciliatorio previo a la vía jurisdiccional social, al tiempo que se reclama que el Comité de Empresa se avenga a reconocer el derecho del CPE a formar a los trabajadores en el programa Navis N4.
Igualmente se reclama que el Comité de Empresa haga decaer su oposición frontal a este proceso formativo.
Tal y como ha venido informando Diario del Puerto, las terminales del Puerto de Valencia CSP Iberian Valencia Terminal y APM Terminals Valencia han emprendido el proyecto de implantar en sus operativas el software de gestión de terminales Navis N4, para lo cual se considera imprescindible formar a los trabajadores portuarios en el nuevo entorno tecnológico que determina el sistema operativo a implantar.
“Frontal oposición”
Desde el ámbito empresarial se alertó de lo que desde el CPE se considera en la demanda “frontal oposición” por parte del Comité de Empresa a que se ejecute esta formación, poniéndose como condición que las empresas asuman determinados compromisos en torno al mantenimiento de determinadas posiciones o incluso su incremento, ante la necesidad de que se realicen nuevas funciones a partir del nuevo sistema y estas puedan ser desempeñadas por dicho personal portuario.
Desde el ámbito empresarial se insiste en su disposición a abrir una mesa de diálogo al respecto pero siempre iniciándose al mismo tiempo y de inmediato la formación, lo cual sigue sin ser posible, según se atestigua en la demanda interpuesta, en la que se considera que el bloqueo de la formación es una “medida de presión” del Comité de Empresa.
Para tratar de sostener su negativa, según la demanda, el Comité de Empresa argumenta que el Plan de Formación del CPE Valencia para 2020 no se ha firmado por la representación social, por lo que “la empresa carece de facultades para imponer a los trabajadores la realización de dichas acciones formativas”.
Para el CPE, según se recoge en la demanda, la formación del Navis N4 tiene “carácter obligatorio independientemente de la firma del Plan de Formación” al ser “estrictamente necesaria para cumplir con los requerimientos de las empresas” que tienen “la capacidad de imponer a los trabajadores de su plantilla la asistencia a las acciones formativas que considere adecuadas” como “manifestación del poder organizativo que corresponde al empresario”.
En este sentido, el CPE, que recoge en la demanda todos los preceptos del Estatuto de los Trabajadores que a su juicio se vulneran, igualmente menciona expresamente que la actitud del Comité de Empresa “no solo vulnera derechos de la empresa”, sino también “derechos de los propios trabajadores”, entre ellos el “derecho del trabajador a la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo”, que sería el caso del Navis N4.
De igual forma, en la demanda se recuerda que a juicio del CPE ni del convenio local ni del convenio sectorial “se desprende la necesidad de que la formación en materia del Navis N4 deba tener que ser incluida en el Plan de Formación anual.
Conclusión
Por todas estas razones, como conclusión en su demanda, el CPE Valencia solicita que el Tribunal de Arbitraje Laboral admita la demanda de conciliación de conflicto colectivo “sobre el derecho del Centro Portuario de Empleo de Valencia a formar a sus trabajadores acerca de las especificaciones del sistema operativo Navis N4” y ello “con independencia de que en la empresa no se haya aprobado el Plan de Formación para 2020, especialmente habida cuenta del carácter específico de la acción formativa en cuestión, tendente a capacitar a su personal ante una mejora tecnológica”.
Igualmente se pide al Tribunal que “señale día y hora para la celebración del acto conciliatorio previo a la vía jurisdiccional social, en el que la parte demandada se avenga a reconocer el referido derecho y a decaer en su oposición frontal al citado proceso formativo”.
Pérdida de competitividadEn la demanda de conciliación de conflicto colectivo presentada por el CPE Valencia ante el Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunidad Valenciana, el Centro Portuario de Empleo recuerda que “la implantación del sistema Navis N4 se está realizando en muchos de los puertos competidores del Puerto de Valencia, en los que nadie se ha planteado siquiera la posibilidad de bloquear el inicio de la formación, sino que por el contrario ha sido bien recibida”.
Según se indica en la demanda, esto implica que “el bloqueo al inicio de la formación además de hacer incurrir a las empresas en costes elevadísimos, está produciendo una pérdida de competitividad para ambas empresas y, en extensión, para el Puerto de Valencia”.
Principales hitos31/10/2019
Presentación del sistema Navis N4 al Comité de Empresa por parte de CSP y APM, así como del Plan de Formación.
10/12/2019
Escrito al Comité de Empresa por parte del CPE alertando de que se están incumpliendo los plazos para formar monitores.
12/12/2019
Comisión Paritaria en la que se precisa que la formación a monitores comenzará el 13 de enero de 2020.
13/01/2020
El presidente del Comité de Empresa solicita que se suspenda la formación.
11/02/2020
El Comité de Empresa solicita el mantenimiento de los puestos de trabajo actuales.
11/03/2020
Se cancelan las acciones formativas en general ante los planes de contingencia para paliar los efectos del Covid-19.
19/06/2020
Se presenta un nuevo proyecto de formación de elearning.
23/07/2020
Se fija como fecha de inicio de la formación el 27 de julio.
27/07/2020
El Comité de Empresa paraliza la formación.
05/08/2020
Comisión Paritaria Local para abordar el conflicto.
01/09/2020
Comisión Paritaria Sectorial para abordar el conflicto.
30/09/2020
Interposición de demanda de conflicto colectivo por parte del CPE ante el Tribunal de Arbitraje Laboral y solicitud del trámite de mediación y conciliación previo.