valencia. Nueva oportunidad para que el nuevo régimen de comercio de emisiones de la Unión Europea vea la luz. El próximo 28 de junio hay convocado un nuevo pleno del Parlamento Europeo que deberá dar el visto bueno a una nueva propuesta del Emissions Trading System (ETS), en el que casi con toda seguridad se incluirá una enmieda ya aprobada que trata de poner coto a la fuga de transbordos a puertos vecinos de la UE.
El Pleno del Parlamento Europeo rechazó la pasada semana el informe sobre la propuesta de modificación del régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, y acordó devolverlo a la Comisión de Medio Ambiente (ENVI). A partir de ahora, esa Comisión debe consensuar un nuevo texto, y debe hacerlo antes del 28 de junio, cuando los eurodiputados deberán volver a votar esa nueva propuesta.
Hay que recordar que uno de los cambios en el nuevo ETS es la inclusión del transporte marítimo. La propuesta obliga a buques con un GT superior a 5.000 a adquirir derechos de emisión. Las navieras deberán comprar derechos de emisión de dióxido de carbono por el 20% del consumo del combustible utilizado en el trayecto. Esto afecta al 100% de las emisiones producidas en todos los viajes entre puertos del Espacio Económico Europeo (EEE) y al 50% de las emisiones de los viajes internacionales que entren o salgan de puertos de dicho espacio.
Los principales actores del transporte marítimo en España advirtieron del riesgo de desvío de un porcentaje importante de tráficos portuarios -sobre todo los de transbordo- a enclaves no europeos, especialmente aquellos radicados en el Norte de África.
De ahí la importancia de la enmienda 404 aprobada la pasada semana en ese mismo Pleno. Esa enmienda establece que “para las distancias entre un puerto bajo la jurisdicción de un Estado miembro y un puerto fuera de la jurisdicción de un Estado miembro inferiores a 300 millas náuticas, la asignación de derechos de emisión y la aplicación de los requisitos de entrega respecto a las actividades de transporte marítimo se aplicarán con respecto al 100% de las emisiones de CO2 procedentes de buques que realicen travesías desde un puerto bajo jurisdicción de un Estado miembro y que lleguen a un puerto bajo jurisdicción de un Estado miembro, incluidos los puertos de transbordo, y el 100% de las emisiones de CO2 procedentes de buques que realicen viajes desde un puerto situado fuera de la jurisdicción de un Estado miembro, incluidos los puertos de transbordo, y que lleguen a un puerto bajo jurisdicción de un Estado miembro”.
Es decir, que aquellos buques que desvíen sus rutas hacia puertos no europeos y que se encuentren en un radio de 300 millas deberán abonar esa misma tasa.