Asimismo, hasta el día de ayer, fecha límite para que las empresas que desearan salir de las SAGEP lo comunicaran oficialmente, no se había registrado un caso similar en otro puerto español. Sí se han producido, no obstante, la salida de todas las empresas de las SAGEP de los puertos de Marín, Ferrol y A Coruña, con lo que en estos casos se producirá la disolución cada una de las tres sociedades de acuerdo con las reglas generales establecidas en la Ley de Sociedades de Capital.También se ha dado el caso excepcional del puerto de Cartagena, única sociedad de estiba como tal existente hasta ahora en España y para la que el real decreto ley preveía el abandono por parte de la autoridad portuaria de su participación en el capital, completado a finales de octubre, y su extinción o transformación en una entidad al amparo de la regulación de las empresas de trabajo temporal.Por lo que respecta al puerto de Sagunto, el Real Decreto Ley 8/2017 de 12 de mayo establece que se abre ahora un periodo de seis meses en el cual Intersagunto procederá "a la venta de sus acciones a los que deseen continuar, a prorrata de la participación de cada uno de ellos; y los accionistas que decidan continuar (Noatum Maritime, Porlesa, Bergé y Logística Puerto de Sagunto) deberán adquirirlas por su valor neto contable. Si la venta no pudiese efectuarse en todo o en parte en el plazo máximo de seis meses desde la comunicación de separación, las correspondientes acciones serán amortizadas con cargo a la SAGEP, con la consiguiente reducción del capital".Acogiéndose al espíritu del real decreto, una vez finalizado el proceso, Intersagunto Terminales tendrá libertad de contratación en el mercado, "previo cumplimiento de los requisitos establecidos que garanticen la profesionalidad de los trabajadores portuarios" y teniendo en cuenta que las empresas titulares de licencia de prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías "deberán requerir el concurso de los trabajadores procedentes de la SAGEP en un porcentaje decreciente con el transcurso del tiempo, que comienza con un setenta y cinco por ciento, para las actividades que hasta el momento se venían realizando con dicho personal", según figura en el real decreto.
Nuevo escenarioTal y como informó este Diario en su edición de ayer, fuentes empresariales señalaron que existía temor a que una decisión unilateral de abandonar la SAGEP llevara aparejadas represalias y conflictividad por parte sindical y generando un grave daño empresarial. El caso de grupo Alonso en Sagunto, sin embargo, se ha convertido en la excepción que ha confirmado la regla y, a su vez, en un nuevo foco de atención de la actualidad de la estiba en España.