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La AP de Vilagarcía defiende su actuación técnica, normativa y jurídica en el relleno de la dársena 2

La Autoridad Portuaria de Vilagarcía informó durante la celebración de su último Consejo de Administración sobre la reciente sentencia del Contencioso-Administrativo que desestima un recurso de la Autoridad Portuaria ante una sanción de la Consellería de Medio Ambiente, así como sobre los antecedentes del caso, que tiene sus orígenes en una actuación realizada en el año 2014.

  • Última actualización
    26 marzo 2019 16:48

A iniciativa de la presidenta de la Autoridad Portuaria, Sagrario Franco, intervinieron ante los miembros del Consejo la ingeniera responsable del Departamento de Planificación e Infraestructuras de la Autoridad Portuaria, Marisa Marco, y Juan José Vázquez-Portomeñe Seijas, abogado del Estado encargado de la representación de la Autoridad Portuaria en el mencionado juicio ante el tribunal contencioso-administrativo.

La presidenta explicó que el origen del caso es una sanción interpuesta a esta Autoridad Portuaria en el año 2014 por la Consellería de Medio Ambiente, “la cual en su día recurrimos, por no estar de acuerdo con su contenido”. 

La presidenta apuntó que pese a la polémica generada, la sentencia no es aún firme y está en fase de revisión judicial, siendo el motivo de la sanción “el abandono, vertido o eliminación incontrolado de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente”.

La Autoridad Portuaria de Vilagarcía siempre ha sostenido, y continuará haciéndolo ante instancias judiciales superiores, que se trató de una reutilización de materiales perfectamente compatible con la legislación aplicable.

Hasta la fecha, la Autoridad Portuaria ha ido haciendo uso de todas las herramientas legales disponibles para defender y demostrar la corrección de su actuación en este caso. Con relación a la reciente sentencia que desestimó el recurso contencioso-administrativo presentado por la Autoridad Portuaria, el abogado del Estado responsable de la representación del puerto en este caso explicó a los miembros del Consejo que la sentencia no es firme y por ello se recurrirá ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, añadiendo que la sentencia interpreta el relato de los hechos recogido en las actas incluidas en el expediente sancionador de una manera que no se comparte totalmente. También se señaló que no se produjo en la dársena 2 ningún vertido, ni menos aún vertidos contaminantes.