La Autoridad Portuaria de Valencia (APV) está comprometida con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre los cuales se incluyen los relativos a “paz, justicia e instituciones sólidas”, que persiguen la reducción de la corrupción y el soborno, la creación de instituciones eficaces y transparentes o la garantía de acceso público a la información.
Funciones como la Auditoría Interna y Cumplimiento Normativo tienen como meta la mejora del control interno como base sólida necesaria para garantizar la integridad institucional y el buen gobierno.
En ese sentido, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia dio luz verde en diciembre de 2021 al Código de Conducta de la APV y al primer Plan de Medidas Antifraude de la APV que pone en valor la prevención, detección, corrección y persecución de conductas fraudulentas.
En esta línea, contar con un Canal Ético es imprescindible, ya que se configura como un instrumento efectivo para reducir los riesgos y crear confianza, ya que permite la detección de incumplimientos en una etapa temprana, actuando como mecanismo de prevención de acciones indebidas.
La implantación de este canal es obligatoria,en virtud del cumplimiento de los Capítulos III y IV de la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre del año 2019 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea.
La transposición a la legislación española se ha materializado en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que establece, entre otras, la obligación de disponer de un sistema interno de información como cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones que puedan constituir infracciones contra el Derecho de la Unión Europea o infracciones penales o administrativas graves o muy graves, permitiendo siempre que se puedan tratar de manera efectiva y sin riesgo de represalias.