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La CNMC tiene sólo cinco días para resolver el expediente contra el sector de la estiba

Según expertos juristas a los que ha tenido acceso este Diario, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) se ha quedado con apenas cinco días (ya se habrían consumido dos) para emitir su resolución sobre el expediente contra el sector de la estiba, siempre y cuando quiera evitar que se incumplan los plazos preceptivos y, por lo tanto, el procedimiento decaiga automáticamente.

  • Última actualización
    17 septiembre 2020 17:02

Tras la apertura de todo expediente y para su tramitación y resolución, la Comisión Nacional de la Competencia tiene un plazo preceptivo de 18 meses.

La CNMC anunció la apertura de su expediente contra el sector de la estiba por la modificación del IV Acuerdo Marco en septiembre de 2017. Con independencia de cuándo se produjo oficialmente dicha apertura, tras diversas cuestiones procesales, la Comisión comunicó formalmente a las partes que el plazo que tenían para hacer pública su resolución expiraba el 17 de junio de 2019.

Ahora bien, cinco días antes, el 12 de junio, la CNMC elevó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea ((TJUE) una cuestión prejudicial sobre dicho expediente, lo que dejó en suspenso que siguieran avanzando los plazos, a la espera del pronunciamiento del TJUE.

Tal y como ha venido informando Diario del Puerto, el Tribunal de Luxemburgo hizo público dicho pronunciamiento este miércoles, considerando la imposibilidad de admitir la cuestión prejudicial a trámite por ser la CNMC un órgano administrativo y no jurisdiccional.

Se retoman los plazos

Por tanto, a partir de dicho pronunciamiento, se retoman los plazos para resolver el expediente tal y donde quedaron, es decir, a falta de cinco días, según los expertos juristas.

Bien es cierto que entre dichos expertos no hay consenso en si se trata de días hábiles o si son días naturales. En cualquier caso, la CNMC tendría de plazo hasta este lunes 21 de septiembre o como muy tarde hasta este miércoles 23 para emitir la resolución del expediente.

De no tomar una decisión al respecto, se incumplirán los plazos preceptivos y el expediente decaerá automáticamente, o en su defecto tendrá todos los visos de ser recurrido por esta causa ante la jurisdicción preceptiva.

Como quiera que la decisión del TJUE supone no haber hecho valoración alguna sobre el fondo del expediente de la CNMC, esta no determina el expediente, que ya contaba con una propuesta de resolución, por lo que la Comisión no tendría que requerir de tiempo alguno para hacerla pública y convertirla en resolución definitiva.

Por otra parte, se entiende que desde la CNMC se conoce suficientemente y desde el primer momento el plazo que se iba a tener para resolver el expediente una vez se pronunciara el TJUE, por lo que los cinco días de plazo no deberían suponer ningún problema para resolver el expediente según los expertos.

Otra cuestión es que se previera por parte de la CNMC alguna modificación o replanteamiento en el contenido y resolución del expediente, en principio no previsible según la mayoría de fuentes consultadas.

Sanciones millonariasLa inminente resolución del expediente de la CNMC contra el sector de la estiba, si no se quiere que decaiga, aventura importantes sanciones millonarias contra la patronal ANESCO y los sindicatos de estiba.

Si la CNMC no cambia su postura y mantiene los términos de la propuesta de resolución que elaboró en su día, se prevén sanciones para el conjunto del sector superiores a los 7 millones de euros.

Mientras ANESCO, por el volumen de facturación de sus empresas asociadas, tendría una multa de 6,1 millones de euros, los sindicatos UGT y CC.OO. recibirían respectivamente una sanción de 300.000 euros, cifras todas ellas muy superiores a los 4.000 euros previstos para el sindicato Coordinadora.

Recordemos que el expediente fue incoado contra los firmantes de una modificación del IV Acuerdo Marco de la estiba para regular la subrogación (29/6/2917), acto constitutivo para la CNMC de posibles prácticas contra la libre competencia.