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La prórroga de las concesiones en puertos, a debate en Santander

La prórroga de las concesiones en los puertos ha sido debatida en Santander. La Asociación Internacional de Derecho Portuario ha reunido esta mañana a más de 150 profesionales del derecho portuario para analizar cómo afectarán las modificaciones introducidas en el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 2/2011, que aprueba el texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en las prórrogas de plazo en las concesiones portuarias.

SANTANDER. El webinario, organizado por la Asociación Internacional de Derecho Portuario, en colaboración con Puertos del Estado y la Autoridad Portuaria de Santander, analizó las modificaciones introducidas en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante para la regulación del régimen jurídico de este tipo de concesiones administrativas y su prórroga.

La jornada, que ha sido presentada por el jefe de la asesoría jurídica de Puertos del Estado y presidente de la Asociación, José Antonio Morillo, y moderada por el abogado economista y secretario de la misma, Agustín Bravo, ha contado, además, con varias ponencias dirigidas a examinar la relevancia de los cambios en esta normativa.

Así, el abogado del Estado, Alejandro Hernández, ha hecho un repaso a la evolución del régimen jurídico de las prórrogas de las concesiones portuarias desde 1992, mientras que la abogada Paula López Noriega se ha centrado en la modificación del régimen de las prórrogas ordinaria no previstas en el título y el también abogado, Salvador Bueno, en la de la prórroga excepcional, que puede llegar a ampliar el plazo de las concesiones hasta 75 años.

En la webinar se ha concluido que, si bien la reforma no afecta en esencia el sistema de prórrogas, sí que introduce criterios más estrictos tanto para las inversiones como para las contribuciones a realizar por los concesionarios y aumenta la claridad en algunas de las condiciones que se establecen para acceder a este tipo de ampliaciones temporales, contribuyendo al fomento de la inversión en las infraestructuras portuarias.

Asimismo, se ha debatido sobre la incidencia de esta posibilidad de actuación administrativa en la competencia entre operadores y en cuestiones como la de la discrecionalidad de las Autoridades Portuarias en su otorgamiento.

La nueva regulación afecta a las concesiones en vigor, independientemente de la fecha en la que fueron otorgadas, y a los expedientes de prórroga del plazo concesional que se encuentren en tramitación en el momento de entrada en vigor de la Ley.