Cómo actuar ante la pérdida de un BL, qué hacer cuando la naviera exige un aval por la mercancía o cómo reaccionar ante las no recogidas en destino de las cargas son algunos de los asuntos que habitualmente provocan dudas y reclamaciones y que el equipo de abogados de Blas de Lezo intentó ayer aclarar a los presentes en el seminario, una audiencia formada por más de un centenar de profesionales relacionados todos ellos con el transporte marítimo.
Entre los consejos más categóricos que Miquel Roca transmitió a su audiencia destaca el hecho de que en el transporte marítimo de importación, ante la ausencia de BL, si el naviero solicita un aval el transitario no lo haga ya que está amparado por la nueva Ley de Navegación Marítima, que permite la puesta en marcha de un expediente notarial para poder retirar la mercancía. También explicó el socio director de Blas de Lezo que “los BLs nunca se pueden retener” y aseguró que el transitario que lo haga puede acarrear con graves consecuencias. Y, en relación con la responsabilidad por retrasos en la entrega de la mercancía, en el caso del trasporte marítimo internacional la naviera no es responsable de ello aunque ésta debe ser cuidadosa a la hora de no adquirir un compromiso con el cliente garantizando una fecha de entrega.
Pese a estas, y otras, advertencias, Miquel Roca quiso dejar claro a los asistentes que lo mejor, siempre, es mantener abierto el diálogo entre las partes e intentar alcanzar acuerdos razonables para todos porque las mejores decisiones comerciales no suelen pasar por demandar al contrario.