CEUTA. La comunicación previa de estas operaciones STS tienen como objetivo evitar cualquier riesgo que pueda amenazar al medio marino, ya que una descarga de hidrocarburos al mar, accidental o deliberada, supone una fuente considerable de contaminación.
La infracción del buque fue detectada el día 13 de febrero a su paso por Galicia, cuando los inspectores de seguridad de la Capitanía Marítima de Ferrol procedieron a realizarle una inspección MoU (inspecciones a buques extranjeros en puertos españoles) al llegar a puerto. En el Libro de Registro de Hidrocarburos y otros documentos del “Elephant” comprobaron que se habían registrado operaciones de transbordo de carga de hidrocarburos en aguas españolas próximas a Ceuta a principios de ese mismo mes, a pesar de que la Administración Marítima no había recibido ninguna notificación de esa operación.
Por todo ello, la Dirección General de la Marina Mercante, que nunca ha autorizado este tipo de operaciones fuera de las zonas de servicio de los puertos, ordenó la retención provisional del buque e inició el procedimiento sancionador.
El buque partió del puerto de Ferrol el día 21 de febrero, después de que la naviera propietaria del “Elephant” pagara una garantía de 120.000 euros y designara un domicilio en España. Desde entonces, el procedimiento sancionador ha continuado su trámite y ha culminado con la imposición de una sanción grave a la naviera, de acuerdo con la normativa nacional y el Convenio MARPOL.
La naviera asumió la sanción y la abonó, acogiéndose a los beneficios del pago voluntario y reconocimiento de la responsabilidad, con renuncia a interponer cualquier tipo de recurso por la vía administrativa.