El objetivo de esta actualización es seguir garantizando la prestación del servicio en condiciones que preserven la seguridad de los profesionales del sector, dado el papel clave que tiene el mismo de cara a garantizar el abastecimiento de bienes básicos, como los alimentos o los sanitarios, pero también todos aquellos necesarios para asegurar el desarrollo del resto de actividades.
Se mantiene la recomendación de “evitar, en la medida de lo posible, que los conductores intervengan en las labores de carga y descarga, manteniéndose dentro de la cabina o en zonas especialmente habilitadas”.
Sobre este punto, CETM-Madrid considera que ha llegado la hora de prohibir con carácter obligatorio y general, con algunas excepciones por el tipo servicio, a través de la modificación de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre, la intervención de los conductores en estas labores, ahora con mucha más razón por el riesgo de contagio que existe, sin olvidar que siempre ha sido una de las principales causas de ineficiencias en la cadena suministro, unido a las paralizaciones que sufren los vehículos en los centros de carga y descarga, ya que además del retraso que ello genera, limita a los conductores sus tiempos de descanso y sus jornadas de conducción.
“Lamentablemente la situación, lejos de mejorar, va empeorando y denigrando a nuestros conductores debido al abuso cada vez más generalizado de los cargadores”, explica CETM-Madrid.
CETM-Madrid considera que se debe prohibir con carácter obligatorio y general, con algunas excepciones por el tipo servicio, la intervención de los conductores en la carga y descarga
Mascarilla, distancia social, limpieza y desinfección
Otras de las medidas preventivas que recoge la Dirección General de Transportes y Movilidad son las relacionadas con la limpieza y desinfección de vehículos, con especial atención “a las zonas y elementos más comunes al tacto”, así como con las labores de limpieza en las instalaciones de las empresas del sector.
En cuanto a la protección personal, se recomienda el uso de geles hidroalcohólicos para la desinfección de manos “debido a las características singulares” del servicio del transporte de mercancías, que “imposibilitan el frecuente lavado de manos”.
Además, se recuerda que el uso de mascarilla es obligatorio para “los ocupantes de vehículos de transporte de mercancías en los que viaje más de una persona” y durante “los procesos de carga y descarga y el intercambio de documentación”.
Una de las principales novedades es que los vehículos de transporte de mercancías “podrán ocuparse por tantas personas como plazas tenga el vehículo”.
Por otro lado, se recomienda garantizar “la calidad del aire en el interior de los vehículos mediante su renovación de forma periódica a través de las ventanillas del vehículo y evitando emplear los medios de climatización”.
La Comunidad de Madrid también exige mantener “en todo momento, la distancia de seguridad interpersonal” y evitar “el contacto físico durante el intercambio de documentación en los procesos de carga y descarga y aumentando la precaución en la recogida, manipulación y entrega de las mercancías”, así como “no prestar servicio si está diagnosticado de COVID-19” y “seguir todas las indicaciones, recomendaciones e instrucciones de la Consejería de Sanidad, con el fin de homogeneizar las exigencias y no poner en peligro las cadenas de suministro”.