El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Valencia emitió el pasado 23 de diciembre una sentencia en la que levanta el concurso de acreedores que pesaba sobre ATEIA-OLTRA Valencia al aprobarse el convenio propuesto por la asociación.
Según el fallo, dictado por la magistrada Laura Alamán, “procede aprobar el convenio formulado por los deudores, declarando la terminación de la fase común del concurso”. Ese convenio establece, en esencia, una quita de la deuda del 99%, así como “una espera de diez años para los créditos ordinarios mediante diez pagos correspondientes con el final de diez períodos sucesivos anuales, tras los cuales se propone atender el pago de los créditos subordinados”. Dentro de esos pagos ordinarios se incluirían los acreedores que se han adherido al convenio.
Es decir, esos créditos ordinarios verán satisfecha el 1% de su deuda a lo largo de los próximos diez años. En este capítulo no se incluye la multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que asciende a 13,4 millones de euros y que en la sentencia es catalogada como “crédito subordinado”. La CNMC cobrará el 1% de esos 13,4 millones de euros una vez se hayan satisfecho los créditos ordinarios, es decir, el pago de esa multa se iniciará a partir del año 11 y se alargará por otros tantos.
La clave en todo este proceso ha sido que tanto la administración concursal como el Juzgado aceptaron la catalogación de la deuda de ATEIA-OLTRA Valencia como crédito subordinado, que según explicó Jorge Selma, “no pueden votar el convenio, aunque sí oponerse”. No obstante, cuando se presentó el convenio “la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia no puso ninguna objeción ni nos comunicó su oposición”.