valencia. Tal y como adelantó ayer diariodelpuerto.com, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, del Tribunal Supremo emitió ayer una resolución en la que declara válido el Plan Especial elaborado por la Generalitat Valenciana en el año 2018 y, sobre todo, el hecho de que se optara por una evaluación ambiental estratégica por el procedimiento simplificado, frente a la de procedimiento ordinario.
La primera clave en la sentencia emitida por los magistrados Carlos Lesmes, Wenceslao Francisco Olea, Ángel Ramón Arozamena, Fernando Román, y Ángeles Huet es la catalogación del suelo como urbanizable, y no como rústico con uso agrícola. El escrito recuerda que ese suelo ya había sido transformado en virtud del primer Plan Especial de la ZAL, que data de diciembre de 1.999, a pesar de que dicho plan hubiese sido anulado diez años más tarde por el propio Tribunal Supremo. No obstante, los jueces afirman que entre 1999 y 2009 dicho plan gozó de presunción de legalidad, ya que no se tomó ninguna medida cautelar de suspensión, cosa que llevó a la ejecución de las primeras obras de urbanización, que finalizaron en el mes de noviembre de 2005.