1.- SUPRESIÓN DE LA AUTORIZACIÒN DEL CONSEJO DE MINISTROS PARA INVERSIONES SUPERIORES A 12 MILLONES
En la actualidad, toda inversión de una autoridad portuaria superior a los 12 millones de euros debe ser autorizada por el Consejo de Ministros. ERC propone suprimir esta autorización.
2.- INCREMENTO DEL NÚMERO DE VOCALES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Desde la reforma de la administración implementada en 2011 a raíz de la crisis económica, el número de vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias está comprendido entre 10 y 13. Pues bien, ERC propone elevar el número de vocales a un máximo de 16. Además, propone mantener que el 33% de los vocales estén asignados a los municipios donde se localiza la zona de servicio del puerto, si bien plantea suprimir la actual referencia a como se reparten dichos puestos entre los municipios y la preferencia del municipio con mayor espacio ocupado.
3.- CONSIDERACIÓN DE LA INTERACCIÓN PUERTO-CIUDAD DENTRO DEL DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
ERC propone que los usos de interacción puerto-ciudad pasen a estar dentro de los usos y actividades permitidas dentro del dominio público portuario. De esta forma, además, se propone expresamente que las autoridades portuarias puedan participar directa o indirectamente en la explotación de instalaciones y actividades vinculados a la interacción puerto-ciudad y con ello su participación en sociedades ligadas a estos usos. Con el mismo espíritu, destinar un espacio portuarios a usos de interacción puerto-ciudad dejará de ser considerado como una “alteración significativa” de los espacios portuarios, con lo que ello conlleva de supresión de trámites en su desarrollo.
4.- CAMBIOS EN LAS CONDICIONES DE LOS PLAZOS CONCESIONALES Y SU AMPLIACIÓN
En el marco de la solicitud de prórrogas de los plazos concesionales y de los compromisos para ello del concesionario, dentro de la posibilidad de realizar una contribución económica se añade una posible cuarta finalidad, que es la construcción o mejora de infraestructura portuaria básica, es decir, obras de abrigo, obras de atraque y/o explanadas. De igual forma, ERC también incluye una enmienda para que el plazo que transcurre entre el otorgamiento de una concesión y la fecha efectiva de puesta a disposición de los terrenos se eleve de dos a cuatro años.
5.- SOCIEDADES PARTICIPADAS POR AUTORIDADES PORTUARIAS Y APROBACIÓN DE OPPE
ERC propone que, a la hora de autorizar la participación de una autoridad portuaria en sociedades o la adquisición y enajenación de sus acciones, se suprima la actual exigencia de que el acuerdo del Consejo de Administración deba contar con los votos favorables de la mayoría de los representantes de la Administración General del Estado y con, en todo caso, el voto favorable del representante de OPPE. Igualmente, cuando estas operaciones, incluidas las de fundaciones o consorcios, estén dentro del plan de empresa, no necesitarán el informe previo de OPPE.
6.- LIMITACIÓN DE LA ATRIBUCIÓN DE INFORMAR Y AUTORIZAR DE PUERTOS DEL ESTADO
Se propone: elevar de 3 a 6 millones el tope a partir del cual es necesario en los proyectos el informe vinculante de OPPE; suprimir la posibilidad de emitir informe vinculante en cualquier caso si los proyectos son singulares técnica o económicamente; limitar la impugnación de decisiones de la autoridad portuaria ante Puertos del Estado; que OPPE ya no deba autorizar sino solo informar de forma favorable en la participación de autoridades portuarias en sociedades mercantiles y, si se incluye en el Plan de Empresa, ni eso; suprimir que las modificaciones presupuestarias de las autoridades portuarias deban ser aprobadas por OPPE; suprimir el informe favorable de OPPE para los pagos diferidos de la tasa de ocupación; o, por ejemplo, suprimir la previa comprobación de conformidad por parte de OPPE del cumplimiento de las Ordenanzas del Puerto por la autoridad portuaria, limitándose a que sean conformes al Reglamento de Explotación.
7.- CAMBIO EN LAS EXIGENCIAS DE LOS PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES PARTICULARES
Cuestiones como inversión, medios humanos, tarifas o incluso obligaciones de servicio público se propone que no sea exigible su regulación en los pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios cuando se trate de servicios al pasaje o de manipulación de mercancías con títulos de concesión en los que se recojan las referidas exigencias. Esto mismo se quiere incluir cuando se habla en los pliegos de exigencias técnicas que no alteren las condiciones de competencia.
8.- QUE EL “INTERÉS PÚBLICO” SEA MOTIVO PARA EL OTORGAMIENTO DIRECTO DE CONCESIONES
Se propone que entre los supuestos regulados para que una autoridad portuaria acuerde el otorgamiento directo de concesiones demaniales esté que “concurran razones acreditadas de interés público en el proyecto a desarrollar”.
9.- LOS EXCEDENTES DE ELECTRICIDAD DEBEN SER COMPARTIDOS
La zona de servicio definida en la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios tendrá la condición de ámbito de autoconsumo de energía eléctrica, de manera que se garantice que los excedentes de electricidad derivados de la generación fotovoltaica puedan ser compartidos en todo el ámbito portuario, para poder cubrir la demanda de los buques y del conjunto del puerto.
10.- SUPRESIÓN DEL IBI PARA INMUEBLES DE CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DE USO PÚBLICO Y GRATUITO
Se propone que los bienes de dominio público en puertos que tengan la consideración de inmuebles de características especiales que sean de uso público y gratuito no estén sujetos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles. En la misma enmienda se propone que las escolleras de protección tendrán la consideración de obra de infraestructura.