Menú
Suscripción
MARÍTIMO · Tras la petición del sector portuario español a la DG Clima B.4 durante una jornada organizada por Propeller Valencia

La CE descarta considerar los hubs españoles de transbordo como “puertos transparentes”

A menos de un mes para la entrada en vigor del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión (Emissions Trading System), al sector portuario español se le agotan las alternativas para poder afrontar con garantías esta nueva tasa y mantener su competitividad.

Valencia. Una de las propuestas que la industria marítima y portuaria y española trasladó la pasada semana a Marcos González, adjunto a la Dirección General de la Comisión DG Clima B.4, con el objetivo de mitigar el impacto de ese nuevo sistema de comercio de derechos de emisión, fue la de considerar a los grandes hubs de transbordo como “puertos transparentes”, una consideración que incluiría a los enclaves de Algeciras, Valencia y Barcelona.

Pues bien, tal y como ha podido confirmar Diario del Puerto de fuentes de la Dirección General del Clima, la Comisión Europea cierra la puerta a esta posibilidad. Y lo hace acudiendo al artículo 3 octies bis, párrafo 2 de la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 que modifica la Directiva 2003/87/CE, que recoge asimismo la Decisión de la propia Unión Europea 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco de este nuevo régimen de comercio de derechos de emisión.

Las fuentes consultadas recuerdan que el concepto de “puerto transparente” viene derivado del concepto de “puerto de escala” de esa directiva. “La Directiva es clara y se refiere a cuando dicho puerto esté situado fuera de la Unión”. Es decir, que a juicio de la Comisión Europea “dicho concepto no puede aplicarse a ningún puerto español ni de ningún otro Estado Miembro”.

Con la moratoria de la entrada en vigor del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión ya descartada, lo cierto es que el sector portuario y marítimo nacional teme un notable impacto a la baja en los flujos de transbordo que gestiona. Tal y como quedó patente la semana pasada en la jornada organizada por Propeller Valencia, podría desviarse hasta el 50% de todo el tráfico de contenedores de tránsito que hoy por hoy las navieras tienen en los puertos españoles.

La Comisión Europea recuerda que la condición de puertos transparentes únicamente puede aplicarse a enclaves fuera de la Unión
EN DETALLE

En concreto, el artículo 3 octies bis, párrafo 2 de la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 que modifica la Directiva 2003/87/CE, que recoge asimismo la Decisión (UE) 2015/1814, especifica que “dichos actos de ejecución enumerarán un puerto como puerto de transbordo de contenedores vecinos cuando la proporción de transbordos de contenedores, medida en unidades equivalentes a 20 pies, supere el 65% del tráfico total de contenedores de dicho puerto durante el período de doce meses más reciente para el que se disponga de datos pertinentes y cuando dicho puerto esté situado fuera de la Unión pero a menos de 300 millas náuticas de un puerto bajo la jurisdicción de un Estado miembro”.

¿Puertos o sistemas portuarios?

En la actualidad, sólo tres puertos españoles aglutinan el 89,43% del tráfico total de contenedores de transbordo de todo el sistema portuario nacional. Las Autoridades Portuarias de Bahía de Algeciras, Valencia y Barcelona acumularon el pasado año 2022 un total de 7.893.261 TEUs de tránsito.

Según los datos consolidados de Puertos del Estado del ejercicio de 2022, Algeciras movió el pasado año un total de 4.767.282 TEUs, de los cuales 3.950.284 fueron de transbordo, lo que supone un 82,86% del total. Por su parte, Valenciaport cerró 2022 con 5.052.272 TEUs, de los cuales un 47,34% fueron de tránsito (2.391.978 TEUs). Finalmente, Barcelona consiguió que el 44,02% de todo su flujo de contenedores (3.522.947 TEUs) fuera de transbordo (1.550.999 TEUs).

Aunque desde Puertos del Estado han pedido a la Comisión Europea considerar a todo el sistema portuario español como un único punto de transbordo -tal y como hizo Manuel Arana, director de Planificación y Desarrollo de Puertos del Estado, la pasada semana durante la jornada sobre el ETS organizada por Propeller Valencia-, lo cierto es que el artículo 3 octies bis, párrafo 2 de la Directiva (UE) 2023/959 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 habla de puertos y no de todo un sistema portuario nacional, al igual que establece un tráfico mínimo de transbordo del 65% del movimiento total de contenedores.