Tal y como ha detallado en un comunicado, la Corporación de prácticos del puerto de Sevilla y ría del Guadalquivir SLP –CPS– ha asegurado que “lamenta la situación”, pero ha señalado que este servicio está regulado por Ley y desde Europa y ha recordado que es responsabilidad de la Autoridad Portuaria la organización de este servicio. “La Autoridad portuaria tiene que aprobar un pliego de prescripciones en el que describe cómo se tiene que prestar el servicio, el número mínimo de prácticos, las tarifas máximas que puede cobrarse por el servicio y garantizar que el servicio tiene que estar disponible 24 horas los siete días de la semana”, ha indicado y ha señalado que el servicio lo puede prestar directamente esa Autoridad portuaria o conceder una o varias licencias. “A pesar de ello, en España no hay ningún puerto con más de una licencia. Aunque, por mandato legal, el plazo máximo de duración de una licencia es de 10 años, CPS ha venido prestando el servicio de practicaje desde que se aprobó la Ley de puertos en 1992. El Texto refundido de la Ley de puertos (2011) ordenó que todas las licencias y concesiones portuarias que hubiesen excedido el plazo máximo de duración legal tenían que adaptarse en el plazo de un año. La Autoridad Portuaria de Sevilla y Puertos del Estado han incumplido ese mandato legal, pese a que CPS venía demandando un pliego actualizado que se adecue a la singularidad del puerto de Sevilla”.
En ese escenario, “CPS ha considerado que el pliego de prescripciones particulares no se adecua a la singularidad del puerto de Sevilla y no ha optado a una licencia mediante concurso que quedó desierto, el 20 de abril de 2023. Desde esa fecha y hasta el viernes 12 de mayo, la Autoridad Portuaria no ha adoptado medida alguna para garantizar la prestación del servicio más allá del término del plazo del 14 de mayo en que vencía la última prórroga”.
En este sentido, desde la Corporación de Prácticos se detalla que “es el 12 de mayo cuando la Autoridad Portuaria, sin contar con CPS, acordó, unilateralmente, una nueva prórroga, que ha sido rechazada expresamente por CPS, en el ejercicio legítimo de su derecho, contemplado en el Código Civil, en la Ley de procedimiento administrativo, en la Ley de puertos, en la Ley de contratos del sector público”, y se asegura que “desde antes del 12 de mayo ante el escenario que podía presentarse, CPS ha estado ofreciendo todos sus medios humanos y materiales para que la Autoridad portuaria pudieses garantizar la prestación del servicio, sin haber tenido respuesta alguna”.