Mañana tendrá lugar el debate de investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno. Ante el escenario pactado con los partidos nacionalistas se hace pertinente analizar el marco competencial de las infraestructuras de transporte.
madrid. Dada la magnitud de los cambios delineados en sus acuerdos por Pedro Sánchez, quien salvó sorpresa de última hora será designado el jueves de nuevo como presidente del Gobierno, es relevante poner el foco en las infraestructuras de transporte, punto crítico de la sociedad en general y de la economía en particular.
En primer lugar hay que recordar que en su artículo 148 la Constitución Española establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de puertos de refugio, puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.
Puertos y aeropuertos de interés general son competencia del Estado, según reconoce la Constitución Española y según se recoge en los diversos estatutos de autonomía
Esta concepción tan restrictiva es tal porque en su Artículo 149 se establece que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de marina mercante y abanderamiento de buques; iluminación de costas y señales marítimas; puertos de interés general; aeropuertos de interés general; control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, servicio meteorológico y matriculación de aeronaves.
Igualmente se establecen las competencias sobre ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma.
mar Vs. aire
De acuerdo con la redacción de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía, para la cesión de las competencias de puertos y aeropuertos de interés general bastaría con una reforma legislativa que declarara que dichos puertos y/o aeropuertos no son de interés general. Ahora bien, los aeropuertos tienen un matiz nada sencillo, pues quien los gestiona, Aena, cotiza en bolsa y el 49% de su capital es privado, con lo que sacar aeropuertos de dicho ente conllevaría implicaciones de muy diversa índole.
Esto quiere decir que, de acuerdo con la Constitución Española, el Estado sí puede ceder competencias en materias como el ferrocarril de cercanías, al restringirse al espacio de la comunidad autónoma en cuestión. No así en materia de puertos y de aeropuertos de interés general, consagrados en la referida Constitución e identificados en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (puertos) y en el Real Decreto 2858/1981 sobre Calificación de Aeropuertos Civiles (aeropuertos), donde se establece que son de interés general los gestionados por Aena.
Esta realidad se traslada de la misma forma a los distintos estatutos de autonomía, donde no hay compromiso de cesión de competencias alguno, sino traslación del estatus que consagra la Constitución.
En los estatutos de autonomía se traslada el régimen competencial que se consagra en la Constitución
El Estatuto de Catalunya, por ejemplo, en su artículo 140 establece que “corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva sobre puertos, aeropuertos, helipuertos y demás infraestructuras de transporte en el territorio de Cataluña que no tengan la calificación legal de interés general”.
En esta línea, el Estatuto de Gernika establece en su artículo 10 que la Comunidad Autónoma del País Vasco tiene “competencia exclusiva en materia de ferrocarriles, transportes terrestres, marítimos, fluviales y por cable, puertos, helipuertos y aeropuertos (...) sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.20.a de la Constitución”.
Además, en su artículo 12 se establece que corresponde a la Comunidad Autónoma del País Vasco “la ejecución de la legislación del Estado en materia de puertos y aeropuertos con calificación de interés general, cuando el Estado no se reserve su gestión directa”.
Otros estatutos
En cuanto al resto de comunidades autónomas, sirva como ejemplo el Estatuto de la Comunidad Valenciana, cuya redacción al respecto en sus artículos 49 y 51 es prácticamente calcada a la de los citados estatutos.
Por tanto, este escenario jurídico muestra que toda cesión de competencias en esta materia debería conllevar una reforma legal para plasmarse y que necesariamente implica su extensión a todas las comunidades autónomas implicadas.
Cuáles son los compromisos del PSOE con los partidos nacionalistas
El Acuerdo de legislatura entre PSOE y ERC para posibilitar la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno no establece compromisos concretos sobre la cesión de competencias en materia de infraestructuras, salvo en el caso concreto del servicio ferroviario de cercanías.
PSOE y ERC pactan “implementar una agenda de reformas y transferencias con una incidencia positiva sobre el bienestar social y el progreso económico de Catalunya”. Como primer paso de esta agenda, se acuerda el traspaso integral del servicio de “Rodalies” y “Regionals” a la Generalitat de Catalunya, que incluye traspasar en 2024 a la Generalitat los recursos necesarios para paliar el déficit en el que incurre Renfe en la prestación de este servicio, para cubrir los costes de incremento de los cánones de Adif y para sufragar la deuda con Renfe en el marco del Plan de Acción. Se constituirá la empresa Rodalies Catalunya, segregada de Renfe Viajeros a la que se transferirán los recursos materiales y humanos necesarios, así como los surcos ferroviarios. Igualmente, se transferirá a la Generalitat la titularidad de la infraestructura ferroviaria sobre la que se operen de manera exclusiva servicios de Rodalies, sin excluir “posibles traspasos futuros de otros tramos distintos” no exclusivos.
Fuera de este ámbito, en el acuerdo PSOE-ERC se afirma que “Catalunya ha sufrido un problema de infraejecución de inversiones en materia de infraestructuras”. Con el fin de corregir el problema de infraejecución, el acuerdo establece que “las nuevas inversiones para Catalunya que no sean críticas para infraestructuras de interés general, se materializarán por el Gobierno de la Generalitat”.
Se creará una comisión de inversiones entre la Generalitat de Catalunya y el Gobierno de España para acordar la priorización y planificación de la actividad inversora y su seguimiento y ejecución.
Además, la Administración General del Estado asume el compromiso de que la proporción de la inversión pública programada en Catalunya se ajuste a la proporción de la economía de Catalunya en el conjunto del Estado, medido en términos de PIB nominal.
El acuerdo entre PSOE y PNV para investir como presidente del Gobierno a Pedro Sánchez tiene unas implicaciones mucho más amplias en materia de competencias sobre infraestructuras.
En concreto, en el documento firmado por ambos partidos se recoge que el Gobierno de España “se compromete a implementar de manera inmediata una agenda de reformas y transferencias con una incidencia positiva sobre el bienestar social y el progreso económico de Euskadi”, comenzando por el cumplimiento de las competencias recogidas en el Estatuto de Gernika.
En este sentido, el compromiso sellado es que “se procederá en los dos primeros años de legislatura a la negociación y a efectuar los traspasos correspondientes de las materias pendientes de transferencia según el listado acordado por los Gobiernos español y vasco en la legislatura anterior, procediéndose a remover los obstáculos legales que impidan un mayor ejercicio del autogobierno”.
El PNV busca ordenar y gestionar un sistema de transporte ferroviario de viajeros y mercancías eficaz intraautonómico, que integre todas las líneas y servicios que discurran por Euskadi
Dicho “listado acordado” incluye la cesión de las competencias de los puertos de interés general de Bilbao y de Pasaia, la cesión de las competencias de los aeropuertos de Bilbao, San Sebastián y Vitoria, la cesión de las competencias de Salvamento Marítimo, del CEDEX y del Instituto Social de la Marina y la cesión de competencias en materia de ferrocarriles.
Es más, en este último caso, el acuerdo es concretar la cesión no en un plazo de dos años, sino en un plazo de tres meses, de acuerdo con “los términos de la última propuesta remitida por el Gobierno Vasco”. Este traspaso, según el Gobierno Vasco, persigue “poder ordenar y gestionar un sistema de transporte ferroviario de viajeros y mercancías eficaz intraautonómico, en el que se integren todas las líneas y servicios que discurran por Euskadi, para lo que se han de incorporar a la red vasca ferroviaria las líneas y tramos que actualmente se hallan dentro de la red ferroviaria de interés general”, incluyéndose la red de Cercanías, la red de ancho métrico y la red que gestiona la Autoridad Portuaria de Bilbao.
El acuerdo entre PSOE y JUNTS para investir como presidente del Gobierno a Pedro Sánchez es el más escueto de los firmados por el Partido Socialista con sus socios nacionalistas y no ofrece referencia específica alguna a materias relacionadas ni con la logística ni con las infraestructuras.
Con el objetivo de “abrir una nueva etapa y contribuir a resolver el conflicto histórico sobre el futuro político de Catalunya”, este acuerdo está centrado en lograr una salida negociada al referido “conflicto” y bajo la prioridad máxima de JUNTS de obtener la independencia de Catalunya.
Como quiera que cualquier obtención de competencias en una escenario de independencia se daría por añadidura, en el acuerdo nada se especifica a este respecto. Hay que señalar que en virtud de este acuerdo se abre un proceso negociador en el que JUNTS propondrá la cesión del 100% de los tributos que se pagan en Catalunya, lo que abriría un interesante debate sobre aspectos como los derechos aduaneros o, por ejemplo, las tasas portuarias.
Vías y transiciones para lograr las competencias de puertos
En estos momentos, es el Gobierno Vasco quien mejor tiene transparentada su estrategia para lograr la cesión de las competencias de los puertos y aeropuertos de interés general.
De acuerdo con los documentos manejados durante la pasada legislatura con el Gobierno de Pedro Sánchez, en el caso concreto de los puertos, el Gobierno Vasco desea obtener la competencia de de Bilbao y Pasaia, para lo cual es necesario modificar la legislación, que en la actualidad reserva dicha competencia al Estado al tener la consideración de puertos de interés general.
A la espera de lograr dicha reforma legislativa, el Gobierno Vasco aspira a obtener el ejercicio de las siguientes funciones ejecutivas: la prestación de los servicios generales y la gestión y control de los servicios portuarios; la ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios; la proyección, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto y de las señales marítimas que se les encomienden; la gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sean adscritas; el fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario; y la coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario y del tráfico portuario (incluidas las mercancías peligrosas).
En cualquier caso, el objetivo final es asumir íntegramente las competencias de los puertos de Bilbao y de Pasaia con el objetivo de ejercer plenamente las funciones recogidas en el artículo 26 de la Ley de Puertos, es decir, con el objetivo de asumir exactamente todas y cada una de las funciones que ahora mismo tienen encomendadas las autoridades portuarias.
Descalificación y segregación
Como vías intermedias para acceder a las competencias sin necesidad de modificar la Constitución y el Estatuto, el Gobierno Vasco defiende como un primer paso el lograr la descalificación del Puerto de Pasaia como de interés general argumentándose que este enclave no cumple los criterios para dicha calificación.
En segundo lugar, en el caso del Puerto de Bilbao, se defiende la posibilidad de la segregación de espacios y que algunos de ellos, al no estar vinculados al uso comercial, pasen a manos de la comunidad autónoma.
La Ertzaintza asumirá la seguridad en el Puerto de Bilbao
El acuerdo PSOE-PNV para facilitar la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno conlleva el compromiso de un importante cambio en lo que respecta a la seguridad de una infraestructura crítica como es el Puerto de Bilbao, actualmente a cargo de la Guardia Civil.
Según el acuerdo, la Ertzaintza pasará a asumir “como policía integral la responsabilidad policial de los planes de apoyo operativos a las infraestructuras críticas en el Puerto de Bilbao, incluido el mismo puerto y su zona restringida”, según se recoge en uno de los puntos del documento firmado entre ambos partidos y que hace referencia al “Ámbito específico de seguridad y autogobierno en la CAV”.
En el acuerdo entre PSOE y PNV se especifica que corresponde a la Ertzaintza, en el marco de sus competencias como policía integral para la protección de las personas y bienes y el mantenimiento del orden público dentro del territorio del País Vasco, también los bienes de dominio público marítimo terrestre estatal (excepto el mar territorial y sus islotes) y los puertos, sus instalaciones y aguas de sus zonas de servicio (tanto los de interés general como los autonómicos), sin perjuicio de las funciones que el art. 17 del Estatuto reserva para su desarrollo por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Por tanto, en el acuerdo se contempla que se realizarán las modificaciones normativas precisas para que la Ertzaintza forme parte de los equipos de inspección portuaria previstos en la Orden PCI/1188/2018, de 15 de noviembre, y en los Comités Consultivos que en materia de protección portuaria se contemplan en el RD 1617/2007.
Para el desempeño de las funciones antes señaladas, y según las normas y criterios que se acuerden con Puertos del Estado, se establece el compromiso de dar acceso a la Ertzaintza al sistema SecurePort.
Por otra parte, en virtud del acuerdo se modificará el art. 18.f de la Ley de Puertos añadiendo el texto “...y cuando proceda con los órganos correspondientes de las CCAA competentes para la protección de las personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana”.
En otro de los epígrafes del acuerdo se especifica también que se modificará el borrador de reglamento de explotación y policía de los puertos de interés general en su párrafo quinto de la Exposición de Motivos, de manera que se suprima la expresión “del Estado”.
“Se corrige de esta manera - señala el texto-, la reproducción incorrecta del art. 296 de la Ley de Puertos del Estado y el art. 7,4 de la LOSC”.
Cabe subrayar que el art. 17 del Estatuto de Autonomía de Gernika de 1979 reserva a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado “los servicios policiales de carácter extracomunitario y supracomunitario, como la vigilancia de puertos, aeropuertos, costas y fronteras, aduanas...”.